18 Ago 2009 12:01 PM

EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS NO PUEDEN REALIZAR COBROS NO AUTORIZADOS EN LAS FACTURAS

Bogotá. Las empresas de servicios públicos domiciliarios sólo pueden cobrar en las facturas lo relacionado con la prestación efectiva del servicio que ofrecen, si desean realizar otros cobros en la factura (el costo de electrodomésticos, seguros o créditos, por ejemplo) deben contar con la autorización expresa del usuario.

La aclaración la hizo la Superintendencia de Servicios ante el incremento de las quejas de usuarios que aseguran que algunas empresas quieren obligarlos, bajo la amenaza de cortarles el servicio público, a pagar el costo de los electrodomésticos o seguros que les han vendido.

Ante este hecho la Superintendencia reiteró que los usuarios pueden exigir a la empresa que separé con total claridad el cobro del servicio público, para que el usuario lo pueda cancelar aparte, de los valores adicionales y la empresa tiene la obligación de separar estos conceptos.

Hasta el momento la Superservicios sólo ha recibido quejas por este concepto de usuarios de la empresa de energía Codensa en Bogotá, las cuales se han incrementado durante el último año.

De las 1609 quejas de usuarios de esta empresa durante el último año -periodo julio de 2008 a julio de 2009 -, 198 quejas han sido exigiendo la separación de los cobros del costo de  electrodomésticos de los del servicio público de energía. Durante el segundo semestre de 2008 fueron 37 las quejas por este motivo, frente a las 161 recibidas durante el primer semestre de 2009.