22 Mayo 2013 09:09 AM

Gobierno debe pagar subsidios a afectados de ola invernal de 2011 en Bogotá

La Corte Constitucional le ordenó al Gobierno Nacional que en el menor tiempo posible pague los dineros prometidos a las familias de las localidades de Kennedy y Bosa, en Bogotá, víctimas de la ola invernal ocurrida en 2011.

La Corte Constitucional le ordenó al Gobierno Nacional que en el menor tiempo posible pague los dineros prometidos a las familias de las localidades de Kennedy y Bosa, en Bogotá, víctimas de la ola invernal ocurrida en 2011.

El Alto Tribunal tomó esta decisión luego de amparar los derechos fundamentales a la vivienda digna, a la igualdad, a la dignidad y al debido proceso, "puesto que pese a que fueron incluidos en el censo, no se les han reconocido las ayudas que brindó el Gobierno a los damnificados de la segunda ola invernal de ese año".

Los accionantes argumentan "que durante el segundo semestre de 2011, debido a la ola invernal, sus viviendas y las de los demás habitantes de de la localidad de Bosa en la ciudad de Bogotá, resultaron afectadas por la inundación, generándose con ello la pérdida de la infraestructura de sus vivienda y los demás bienes inmuebles que hacían parte de esta".

Por lo que agregan que "al verse afectadas las viviendas suspendieron todos los servicios públicos y las autoridades les prohibieron a todos los habitantes del sector, permanecer en ellas por factores ambientales, de sanidad, e higiene, por tanto fueron inhabilitadas por colocar en alto riesgo la vida de las personas".

Razón por la cual "manifiestan que fueron censados por el FOPAE, entidad que certificó que eran damnificados conforme a lo establecido por la Resolución Nº 074 del 15 de Diciembre de 2011, convirtiéndose por ende en beneficiarios del auxilio brindado, el cual a la fecha y no obstante habérsele hecho entrega a otros habitantes de la localidad, no las ha sido adjudicado, ni cancelado la ayuda prometida".

Por lo que advierte la corte que no se cumplió "el apoyo económico anunciado por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, el día 10 de Diciembre de 2011 en el PMU ubicado en la agrupación recreo" pese a que a través de unos actos legislativos expedidos "por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres se dispuso pagar hasta $1.500.000 a todos los damnificados del país que cumplieran con las condiciones allí señaladas, sin distingo de ninguna índole".

Por lo que advierte la Corte que en un término no superior a 48 horas la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres deberá proceder a cancelar la ayuda humanitaria a que tienen derecho las tres familias tutelantes y resalta que de no cumplirse con lo allí ordenado se procederá a emitir sanciones por desacato.

"Una vez ocurrido un derrumbe, deslizamiento o desastre natural similar, se activa el deber de solidaridad del Estado y la sociedad frente a las personas damnificadas", recalca la Corte.

La Corporación Judicial agrega que "una de las manifestaciones de este deber de solidaridad es el relativo a la reubicación de las personas que, en virtud del desastre natural, han quedado sin vivienda".