Cárceles de Colombia
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Foto: Colprensa (derecha)
16 Mar 2021 06:31 PM

Verano eterno: vuelven las visitas conyugales a las cárceles de Colombia

Katherine
Leal
Las visitas habían sido suspendidas desde marzo de 2020. Ya un año y nada de nada...

El Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Justicia y del Derecho emitieron la circular conjunta 021 de 2021, a través de la cual dan a conocer las instrucciones para permitir las visitas de los cónyuges y familiares a la población privada de la libertad de todo el país, que habían sido suspendidas en marzo de 2020 por la pandemia de covid-19.

Según señala la circular, la decisión se toma ante la reducción de la velocidad de transmisión del virus a nivel nacional de manera progresiva y sostenible, al igual que de la incidencia y la mortalidad específica por la enfermedad.

De acuerdo con Julián Fernández Niño, director de Epidemiología y Demografía de la cartera de Salud, "es necesario salvaguardar el derecho a la salud mental, emocional y psicosocial de las personas privadas de la libertad, en igualdad de derechos con todos los colombianos, considerando que se pueden realizar visitas con las precauciones pertinentes”.

El Ministerio de Salud señaló que este acto administrativo va dirigido a las secretarías de Salud municipales, distritales y departamentales, así como directores de establecimientos de reclusión de orden nacional, unidad de servicios penitenciarios y carcelarios.

"La reactivación de las visitas es del orden nacional; sin embargo, el INPEC y las secretarías de salud determinarán la pertinencia y condiciones de la reactivación o restricción, de acuerdo con la situación epidemiológica particular del territorio o del centro penitenciario, para lo que el Minsalud dio recomendaciones en la mencionada resolución", explicó Fernández Niño. 

"Ante la emergencia de brotes, se debe hacer la investigación epidemiológica de campo y el aislamiento temprano de casos y contactos lo más pronto posible y podrán determinarse restricciones de las visitas, pero estas deberán ser temporales, mientras se cierra el conglomerado, termina el aislamiento de los casos involucrados en los conglomerados y se dan las condiciones preventivas para reabrir lo más pronto posible las visitas; puesto que los riesgos del covid-19 son importantes, pero los riesgos para la salud mental también”.

Por ende, señalan que se debe mantener en actualización continua y periódica de las medidas sanitarias, adaptadas al surgimiento de nuevos hechos y evidencias científicas, así como a las necesidades excepcionales y específicas de la población privada de la libertad. 

Este grupo poblacional hace parte de la etapa 4 del Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19, por su condición de vulnerabilidad y alto riesgo de contagio. 

Fuente
Sistema Integrado de Información