Billetes Colombianos
Subsidios que pueden perder personas con Sisbén.
Camila Díaz- Sistema Integrado Digital RCN Radio
1 Mar 2024 03:11 PM

Descubren aplicación que presta plata y amenaza feo a sus clientes por no pagar

Óscar
Barrero
Esta aplicación sería investigada por sus métodos ortodoxos de cobro.

Los préstamos en aplicaciones digitales se han convertido en una pesadilla para muchas personas, puesto que se han vuelto ‘gota a gota’ virtuales, que prestan dinero con altas cuotas de interés y después terminan ejerciendo amenazas, hostigando y hasta amenazando para que hagan efectivo el pago. 

Ante esta dura situación, la Corte Constitucional ha hecho un duro llamado a la Superintendencia de Industria y Comercio para que esté atenta a las quejas que se han interpuesto por parte de los ciudadanos que se han visto afectados con estas temidas plataformas que suelen hacer intimidantes procesos de cobro que terminan quitando la tranquilidad de las personas. 

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Asimismo, la Corte se pronunció sobre el fallo de una tutela que un ciudadano interpuso a la aplicación Lukiao App S.A.S. que es una de las que estaría generando amenazas a las personas que les ha desembolsado dinero. 

Según el denunciante, la empresa envió personal a casa de sus padres para que pusieran letreros a la entrada de su casa con varios mensajes del cobro en el que incluían fotos y lo determinaban como un deudor moroso no solo en su lugar de residencia y de trabajo, sino también se hizo difusa por medio de las redes sociales.  

Desde el Alto Tribunal explicaron que se “revisó el caso y se declaró la carencia actual del objeto por daño consumado en cuanto a la vulneración de derechos al buen nombre, la intimidad y la honra, tras encontrar que esta aplicación de Lukiao App hizo uso ilegítimo del derecho a cobrar las obligaciones mediante la implementación de estrategias amenazantes”. 

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Desde la Corte señalaron que las entidades que prestan este servicio tienen derecho a reclamar, pero esto se sujeta a “límites que prohíben las prácticas abusivas que infrinjan los derechos al buen nombre, por tanto, se determina que los mecanismos de cobranza deben realizarse de manera que no se generen actos arbitrarios, difamatorios o intimidantes y que la divulgación de datos se debe limitar a las partes”.