Divorciados ya no pelearán por los bienes notarías hacen el milagro
Divorciados ya no pelearán por los bienes notarías hacen el milagro
Colprensa / Composición freepik
11 Nov 2025 02:41 PM

Divorciados ya no pelearán por los bienes: notarías hacen el milagro

Cristhiam
Martínez Murcia
Vende su casa de soltero y la compra casado. Cuidado, su pareja puede reclamar.

En Colombia, el proceso de separación o divorcio puede convertirse en un dolor de cabeza legal, especialmente cuando llega el momento de liquidar la sociedad conyugal o patrimonial. El desconocimiento sobre cómo proteger los bienes adquiridos en la soltería está costando millones a muchos ciudadanos, generando disputas que podrían evitarse con una diligencia simple pero fundamental: la subrogación de bienes.

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El error millonario al vender propiedades adquiridas en soltería

Uno de los errores más comunes ocurre cuando una persona que compró una propiedad mientras estaba soltera decide venderla para adquirir una nueva estando ya casada o en unión marital de hecho. Muchos creen que su patrimonio sigue protegido, pero no es así si no se hace la declaración correcta en la notaría. La omisión de este paso puede permitir que la pareja reclame derechos sobre un bien que, originalmente, era de propiedad exclusiva.

El abogado y asesor jurídico Jackson Peláez explicó con claridad la problemática y la manera de evitarla. Según el experto, aunque los bienes comprados antes del matrimonio o la convivencia no forman parte de la sociedad patrimonial, la situación cambia cuando se venden y se reinvierte el dinero en una nueva propiedad. Si no se deja constancia del origen del dinero, el nuevo bien puede quedar sin protección legal.

“Cuidado con cometer este error en Colombia que le va a salir muy caro. Los bienes que se adquieren antes del matrimonio o antes de la convivencia, su pareja no va a poder reclamar sobre eso. Pero, ¿qué pasa si usted vende ese bien estando ya en sociedad patrimonial? Lo que debe hacer es manifestar en la notaría que ese inmueble fue adquirido antes del matrimonio o convivencia”, explicó Peláez.

Esta declaración inicial es solo la mitad del proceso. El punto crítico, que garantiza la protección patrimonial a largo plazo, ocurre durante la compra del nuevo inmueble. La falta de esta segunda manifestación es el descuido que puede costar una fortuna.

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La subrogación de bienes: el blindaje notarial

La herramienta jurídica que evita este tipo de problemas se llama subrogación de bienes. Este mecanismo actúa como un escudo legal para proteger el patrimonio personal, siempre que se cumplan dos pasos esenciales ante la notaría. Ambos deben quedar registrados en las escrituras públicas para tener validez.

El primer paso ocurre al vender el inmueble adquirido antes de la relación. En la escritura de venta se debe dejar claro que el bien era de carácter propio. De esta manera, el dinero obtenido no formará parte de la sociedad conyugal o patrimonial.

El segundo paso, aún más importante, sucede al comprar un nuevo inmueble. En la escritura de compraventa debe constar expresamente que los recursos usados provienen de la venta del bien anterior, que era de propiedad exclusiva del comprador. Este acto jurídico constituye la verdadera subrogación.

“Cuando vaya a comprar el nuevo inmueble, debe manifestar también en la notaría que el dinero proviene de la venta del bien anterior. Eso se llama jurídicamente subrogación de bienes, y lo que hace es impedir que su pareja pueda reclamar sobre ese inmueble”, recalcó el abogado Peláez.

Si no se realiza esta doble diligencia notarial, la pareja podría reclamar derechos sobre el nuevo bien, aun cuando el dinero provenga de una fuente anterior al matrimonio. Por eso, este sencillo trámite ante la notaría se convierte en un blindaje legal que evita disputas, protege el patrimonio individual y ahorra costosos procesos judiciales en el futuro.

@jacksonpelaezabogado

¿Vendió una propiedad que tenía antes del matrimonio? Si no hace Subrogación su pareja puede reclamar.

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Fuente
Alerta Bogotá