Arrendadores no pagarán servicios atrasados: inquilinos y empresas arreglan
En Colombia, el tema de los depósitos en contratos de arrendamiento continúa generando dudas y controversia entre propietarios e inquilinos. Aunque la legislación prohíbe que los arrendadores soliciten depósitos de dinero como garantía general del contrato, existe una excepción puntual que la ley sí contempla: los depósitos destinados al pago de servicios públicos domiciliarios.
Así lo explicó la abogada y experta en arrendamientos Katherine Guerrero, quien aclaró que, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 820 de 2003, este tipo de depósito no está prohibido, siempre y cuando se cumpla con las condiciones que establece la norma.
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“El depósito sí se puede pedir, pero no se le entrega el dinero al propietario. Lo que dice la ley es que el arrendador puede exigir un depósito o garantía para cubrir la responsabilidad del pago de los servicios públicos, en caso de que el inquilino no los pague. Sin embargo, ese dinero debe estar a favor de la empresa que presta el servicio, no del propietario”, explicó Guerrero.
¿Cómo funciona esta figura?
El objetivo del depósito es servir como garantía frente a las empresas prestadoras de servicios públicos —como energía, acueducto, alcantarillado o gas— para evitar que el propietario sea considerado responsable solidario en caso de morosidad del arrendatario. En otras palabras, el dinero no puede ser retenido ni usado por el arrendador, sino que debe quedar bajo control o disposición de la empresa prestadora del servicio correspondiente.
De esta manera, si el inquilino incumple con los pagos, la compañía puede hacer efectiva esa garantía directamente, sin trasladar la deuda al propietario del inmueble. La norma busca proteger a ambas partes y evitar abusos en la exigencia de depósitos que no estén regulados.
Los riesgos de incumplir la norma
La abogada Guerrero recordó que pedir depósitos no autorizados para arrendamientos de vivienda urbana sigue siendo una infracción sancionable por parte de las autoridades locales. Las multas pueden alcanzar hasta los 100 salarios mínimos legales vigentes si el propietario es hallado responsable.
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“Si quieren seguir pidiendo depósitos a favor del arrendador, pueden hacerlo, pero deben asumir las consecuencias. Si la queja llega a la Secretaría de Gobierno, la investigación puede terminar en una sanción económica”, advirtió la jurista.
En conclusión, la ley permite exigir depósitos solo con una finalidad específica: garantizar el pago de servicios públicos, siempre y cuando el dinero no esté a disposición del arrendador, sino de la empresa que presta el servicio. Cualquier otra modalidad de depósito podría considerarse ilegal y exponer al propietario a sanciones.
@defiendetelaw Respuesta a @Lhya Morales hoy vamos a descubrir si tú como propietario puedes pedirle y exigirle un depósito en dinero al inquilino para cubrir el pago de servicios públicos cuando el contrato de arrendamiento finaliza #ArriendoLegal #DefiendeteLaw #PropietariosColombia #ArriendoSeguro #AbogadaInmobiliaria ♬ sonido original - Abg Katheryne Guerrero