Pensión
Revelan los beneficios de cotizar al menos 50 semanas
Alcaldía de Bogotá
10 Feb 2024 05:19 PM

No se deje quitar platica: Estas son las personas que pueden heradar pensión de un fallecido

Óscar
Barrero
Son varios los familiares que se pueden ver beneficiados en caso de que el titular pensionado fallezca.

La reforma pensional en Colombia busca dar un giro en la protección social de los ciudadanos, no solo en la etapa de vejez o invalidez, sino también después del fallecimiento del cotizante.

Así las cosas, la propuesta busca generar la reglamentación de los requisitos para acceder a la pensión de sobrevivientes, brindando amparo a los familiares que dependían del fallecido.

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¿Quiénes podrán acceder a la pensión de un fallecido?

Según el proyecto de ley se definen dos grupos principales que son aquellos que pueden ser beneficiarios después de que esta persona muera y las cuales son los familiares de la persona que recibía la pensión y también los familiares del afiliado que haya fallecido.

A continuación presentamos los vínculos que pueden ser herederos de una pensión de una persona fallecida.

1. Familiares del pensionado:

  • Cónyuge o compañero(a) permanente.
  • Hijos menores de 18 años.
  • Hijos mayores de 18 y hasta los 25 años que dependían económicamente del causante y estén estudiando.
  • Padres del causante si dependían económicamente de él.
  • Hermanos inválidos del causante si dependían económicamente de él.
  • Hermanos menores de edad que dependían económicamente del causante hasta los 18 años.

2. Familiares del afiliado fallecido:

  • Cónyuge o compañero(a) permanente, siempre y cuando el beneficiario tenga 30 o más años a la fecha del fallecimiento. La pensión será vitalicia.
  • Cónyuge o compañero(a) permanente menor de 30 años que no haya procreado hijos con el fallecido. La pensión será temporal por un máximo de 20 años.

Es importante destacar que para esto existen unos requisitos adicionales en el que el afiliado fallecido debe haber cotizado al menos 50 semanas dentro de los tres últimos años antes de su muerte.

Además, el monto de la pensión para los beneficiarios será del 80% del monto que le hubiera correspondido al fallecido en una pensión integral de vejez.

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Es así como la reforma busca proteger a las familias que dependían del ingreso del cotizante, brindándoles estabilidad económica tras su fallecimiento. Se estima que la medida beneficiará a miles de colombianos que actualmente no tienen acceso a una pensión de sobrevivientes.