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29 Mayo 2024 08:45 PM

Domicilios de Rappi llegarán más rápido por orden de Superindustria

Sara Camila
Fajardo Castellanos
La SIC interviene en Rappi S.A.S. para proteger los derechos de los consumidores.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a Rappi S.A.S. garantizar la calidad de los productos y la puntualidad en las entregas a través de su aplicación y sitio web.

Esta decisión se tomó después de que el ente regulador recibiera denuncias de consumidores que reportaron múltiples problemas con la aplicación móvil y la página web de Rappi S.A.S. al adquirir productos y servicios.

"La SIC del cambio en su rol de Autoridad Nacional de Protección al consumidor impartió una orden de carácter particular con el fin de evitar que se cause daño o perjuicio a los consumidores", indicó la SIC.

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La Superindustria informó que Rappi deberá abstenerse de proporcionar servicios a los consumidores a través de los medios de venta mencionados, a menos que haya una autorización previa y expresa por parte de la empresa.

Además, señaló que Rappi tendrá la obligación de cumplir con la garantía legal de los productos que ofrece y vende. Para ello, deberá modificar la información que proporciona a los consumidores en su aplicación y página web, en relación con la exoneración de responsabilidad que tiene establecida frente a la garantía legal.

Asimismo, Rappi deberá proporcionar información clara sobre las razones por las que se bloquean las cuentas de los consumidores. "Deberá informar el precio de los productos que ofrece a través de su aplicación móvil y página web, indicando el precio por unidad de medida (PUM). También deberá garantizar que los precios de todos los productos y servicios cobrados al consumidor correspondan con el informado en sus medios de venta", afirmó la SIC. 

En la misma línea, en ente regulador informó que Rappi deberá informar a través de sus medios de comercialización la condición de voluntariedad de la propina, en un texto visible y fácilmente identificable por el consumidor. Deberá aclarar que el valor predeterminado es el sugerido por ellos y que está sujeto a cambios por el consumidor.

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Finalmente, la Sic señaló que Rappi deberá abstenerse de publicar publicidad que contenga mensajes que no correspondan con la realidad y que puedan inducir a error, engaño o confusión a los consumidores.

Asimismo, deberá incluir en las piezas publicitarias referentes a promociones y ofertas, independientemente del medio de publicación, la totalidad de los términos y condiciones aplicables a cada incentivo anunciado, así como las condiciones de tiempo, modo y lugar, y cualquier otro requisito aplicable.