La modalidad de teletrabajo sigue creciendo en el mundo
El teletrabajo se ha impuesto por la cuarentena
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13 Mar 2020 06:31 AM

Mecanismo para teletrabajo de servidores públicos en Colombia, por coronavirus

En la circular se explican las medidas para atender la contingencia generada por el Covid-19.

En una circular firmada por el presidente de la República, Iván Duque, se explica el mecanismo de contingencia en relación con los posibles impactos en la salud de las personas que pueda generar el Covid-19 como una pandemia por la OMS.

En principio, el documento asegura que como medida preventiva de carácter temporal y extraordinario, y hasta que se supere la emergencia sanitaria, decretada mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, se adoptan medidas para hacer frente al virus, relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

“Los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional deberán revisar las condiciones particulares de salud de los servidores públicos, así como las funciones y actividades que desarrollan, con el fin de adoptar mecanismos que permitan su cumplimiento desde la casa”, se señala.

Recalca que para ello, “se podrá acudir a las tecnologías de la información y las comunicaciones, sin que esto constituya la modalidad de teletrabajo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 6 de la Ley 1221 de 2008, por la cual se establecen normas para promover y regular el teletrabajo y se dictan otras disposiciones"'.

La circular también indica que una persona que tenga la condición de asalariado, “no se considerará teletrabajador, por el mero hecho de realizar ocasionalmente su trabajo como asalariado en su domicilio o en lugar distinto de los locales de trabajo del empleador, en vez de realizarlo en su lugar de trabajo habitual”.

Además, exhorta a que se minimicen las reuniones presenciales de grupo, y cuando sea necesario realizarlas, propender por reuniones virtuales mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

“Acudir a canales virtuales institucionales, transmisiones en vivo y redes sociales, para realizar conversatorios, foros, congresos o cualquier tipo de evento masivo”, sostiene.

Además que “usar las herramientas tecnológicas para comunicarse, el acuerdo marco de precios de nube pública vigente, trabajo colaborativo y telepresencial -videoconferencia-, para evitar el uso, impresión y manipulación de papel”.

Con estas medidas se busca adoptar las acciones que sean necesarias para que los trámites que realicen los ciudadanos se adelanten, dándole prioridad a los medios digitales.

“Hacer uso de herramientas como e-Iearning, portales de conocimiento, redes sociales y plataformas colaborativas, para adelantar los procesos de capacitación y formación que sean inaplazables”, indica.

Según la misiva, el uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones “deberá garantizar el cumplimiento de los lineamientos establecidos en materia de ciberseguridad por la entidad y con sujeción a la legislación vigente en materia de habeas data”.

Fuente
Sistema Integrado de Información