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Colprensa
5 Ago 2020 08:50 PM

Tumban el impuesto de pandemia para funcionarios que ganan más de $10 millones

El impuesto pretendía favorecer a la clase media vulnerable y a los trabajadores informales.

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la creación del impuesto solidario por la pandemia, fijado en el decreto legislativo 568 de 2020. El alto tribunal consideró que el mismo es inconstitucional.

Con una apretada votación de 5-4, la Corte determinó que dicho impuesto, que tenía como destino específico a la clase media vulnerable y a los trabajadores informales, no cumplía con todos los requisitos de la Cara Magna.

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El decreto establecía beneficios sobre los salarios o contratos de prestación de servicios que tuvieran un valor de 10 millones de pesos y que estuvieran a cargo de servidores públicos o contratistas del Estado.

Tras la discusión, la Sala consideró que los dineros que ya se habían pagado "por los sujetos pasivos del tributo" se fijarán como un anticipo de los impuestos de renta para el 2020 y los que se pagarán en el 2021. 

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El fallo, según concluyeron los magistrados, tiene un efecto retroactivo. En la Sala se avaló la ponencia presentada de manera conjunta por las magistradas Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo Schlesinger.

El decreto había recibido críticas mixtas. En varios conceptos, entre los que se destaca el de la Procuraduría General, se había solicitado declarar constitucional el mismo al señalar que era una medida idónea a la hora de enfrentar a la pandemia.

El Ministerio Público consideraba que la misma medida "no era excesiva" y en ningún momento afectaba el salario de los empleados públicos, ni a los contratistas del Estado.

Por su parte, varios representantes de al Rama Judicial argumentaron en sus conceptos que este impuesto los afectaba seriamente en la actual situación puesto que les quitaban porcentajes importantes a sus salarios.