Lucía Bastidas, directora de la Defensoría del Espacio Público
Distrito multaría a artistas con conciertos: les sacarán buen billete
Defensoría del Espacio Público
5 Jun 2025 01:06 PM

Distrito multaría a artistas con conciertos en Bogotá: les sacarán buen billete

Cristhiam
Martínez Murcia
El marco legal que sustenta estas acciones está contemplado en la Ley 140 de 1994.

El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP) lanzó un mensaje público a través de redes sociales, dirigido al artista colombiano Fonseca, por la aparición de múltiples afiches promocionales de su concierto adheridos al mobiliario urbano en Bogotá. Esta práctica, según las autoridades distritales, está prohibida por la normativa que regula la publicidad exterior visual en la capital.

En el mensaje, que hace parte de la campaña #AquíSíPasa, el DADEP señaló que el equipo de control detectó gran cantidad de afiches promocionales tanto del concierto como de la colaboración con el grupo Rawayana, ubicados en postes, paredes y otras estructuras públicas. La entidad enfatizó que estos elementos serán retirados por tratarse de una infracción a las normas de uso del espacio público.

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Publicidad sin permiso podría costar hasta cuatro salarios mínimos

El marco legal que sustenta estas acciones está contemplado en la Ley 140 de 1994, que regula el uso de publicidad exterior visual. Esta norma establece que la persona natural o jurídica que coloque mensajes en lugares prohibidos podrá ser sancionada con multas que van desde 1.5 hasta 10 salarios mínimos mensuales, dependiendo de la gravedad de la falta.

Adicionalmente, según la Secretaría de Ambiente de Bogotá, en el caso de grafitis, dibujos o leyendas en mobiliario público sin la debida autorización, se aplican multas equivalentes a cuatro salarios mínimos legales vigentes, es decir, aproximadamente $189.800 pesos por infracción.

Los murales, por su parte, solo están permitidos si tienen un propósito cultural o artístico y no pueden contener mensajes comerciales. Asimismo, los pendones y pasacalles deben estar destinados únicamente a fines culturales, deportivos o cívicos. Para conocer a fondo estas disposiciones, el Distrito recomienda consultar el Manual de Publicidad Exterior Visual publicado por la Secretaría de Ambiente.

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Contaminación visual: tema clave para el Distrito

El Distrito ha reiterado su compromiso por mantener orden en el espacio urbano. A través de iniciativas interinstitucionales, busca reducir la contaminación visual causada por la fijación irregular de afiches y materiales promocionales. En época electoral, esta regulación se refuerza con los lineamientos del Consejo Nacional Electoral y el Decreto 959 de 2000, que controlan la difusión de propaganda política.

La Alcaldía de Bogotá ha insistido en que el espacio público debe ser respetado por todos los actores, incluidos los organizadores de eventos culturales y musicales. La administración recordó que las campañas de control y sanción seguirán activas y se extenderán a todas las localidades.

El mensaje a los artistas y productoras es claro: promover sus eventos debe hacerse respetando las normas ambientales y urbanísticas vigentes. De lo contrario, enfrentarán consecuencias económicas por el uso indebido del mobiliario urbano.