Movilidad los bajo de la moto drástica restricción hasta el 3 de noviembre
Movilidad los bajo de la moto drástica restricción hasta el 3 de noviembre
Colprensa
29 Oct 2025 10:09 PM

Movilidad bajó al parrillero de la moto: drástica restricción hasta el 3 de noviembre

Cristhiam
Martínez Murcia
La restricción de frente busca salvar vidas en la moto y evitar el desorden durante el puente festivo.

Se vienen días complicados para los motociclistas en Bogotá. La Secretaría Distrital de Movilidad anunció una restricción total de motos con acompañante durante el puente festivo de Halloween, entre el 30 de octubre y el 3 de noviembre de 2025. La medida busca reducir los siniestros viales y garantizar la seguridad en una de las fechas más críticas del año.

Según la entidad, el objetivo es proteger la vida y mantener el orden público, ya que durante los últimos tres años, en los fines de semana de Halloween, 16 personas han perdido la vida anualmente en incidentes de tránsito relacionados con motocicletas. Además, entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. habrá una restricción total para motos (con o sin parrillero) en los principales corredores viales de la ciudad.

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Restricciones por Halloween: lo que debes saber

  • Fechas: del 30 de octubre al 3 de noviembre de 2025.
  • Motos con acompañante: prohibición total en toda la ciudad las 24 horas.
  • Restricción nocturna total: aplica entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m.
  • Multa por incumplir: $604.100 e inmovilización del vehículo.

Corredores con restricción nocturna

Las siguientes vías tendrán restricción de circulación de motos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m.. Según la Secretaría, en estos corredores se concentra el 73 % de las muertes nocturnas de motociclistas:

  • Autopista Norte
  • Autopista Sur
  • NQS
  • Avenida Boyacá
  • Avenida Ciudad de Cali
  • Avenida Primero de Mayo
  • Avenida de las Américas
  • Avenida Suba
  • Calle 26
  • Calle 80
  • Carrera Séptima
  • Carrera 68
  • Calle 13
  • Avenida Guayacanes
  • Avenida Esperanza
  • Avenida Villavicencio
  • Carrera Circunvalar
  • Calle 53
  • Calle 63
  • Carrera 60

¿Quiénes sí pueden circular?

Aunque la restricción será estricta, hay excepciones para ciertos servicios esenciales. Las motocicletas que cumplan con las siguientes condiciones podrán circular libremente, siempre que estén debidamente identificadas:

  • Transporte de personas con discapacidad.
  • Servicios de mensajería y domicilios identificados.
  • Empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Fuerza Pública y organismos de emergencia.
  • Seguridad privada acreditada.
  • Aseguradoras y asistencia técnica.
  • Motocicletas del SITP.
  • Servicio diplomático y caravana presidencial.

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La Secretaría de Movilidad reiteró que la medida tiene carácter preventivo y temporal, pero advirtió que será estricta en su aplicación. El llamado a los motociclistas es a planear sus desplazamientos, evitar sanciones y, sobre todo, conducir con responsabilidad.

Fuente
Alerta Bogotá