Ley dejaría a imprudentes sin trabajo
Ley dejaría a imprudentes sin trabajo
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8 Nov 2025 03:32 PM

Ya entró en vigencia ley que dejaría a imprudentes sin trabajo

Sophia
Salamanca Gómez
Las conductas prohibidas están detalladas en la norma y su incumplimiento tiene consecuencias inmediatas.

Desde este 8 de noviembre, entró en vigor una norma que podría dejar sin empleo a más de uno. Las reglas cambiaron para muchos trabajadores y la vigilancia será estricta. Basta con una frase, un cartel o una reunión malinterpretada para caer en falta gravísima. La norma ya está activa y en Bogotá se aplicará sin excepciones, especialmente en sectores sociales donde el contacto con la ciudadanía es constante.

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Integración Social aplicará sin rodeos la Ley de Garantías Electorales

La Secretaría Distrital de Integración Social comenzó a hacer cumplir desde hoy la Ley de Garantías Electorales, con medidas concretas para proteger la neutralidad en los espacios públicos. Las unidades operativas y sedes de la entidad no podrán ser usadas, bajo ninguna circunstancia, para actividades proselitistas.

La medida está respaldada por el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, en concordancia con los artículos 60 y 80 de la Ley 1952 de 2019, y la Directiva Conjunta No. 01 del 7 de mayo de 2025, emitida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Desde hoy, los funcionarios y colaboradores serán objeto de seguimiento activo para verificar el cumplimiento de esta normativa. Cualquier falta será sancionada con rigor.

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Estas acciones podrían costarle su trabajo en el Estado

Las conductas prohibidas están detalladas en la norma y su incumplimiento tiene consecuencias inmediatas. Entre las más graves:

  • Presionar o inducir a subalternos a apoyar campañas políticas.
  • Difundir propaganda electoral, por cualquier canal institucional.
  • Dar ascensos, bonificaciones o beneficios laborales como recompensa por afinidades políticas.
  • Ofrecer ayudas públicas con fines de campaña, buscando influir en el voto.
  • Autorizar reuniones políticas en inmuebles oficiales, aun si son indirectas.
  • Facilitar el transporte o alojamiento de electores usando bienes públicos.

Todas estas acciones pueden constituir faltas gravísimas, según la Ley 1952 de 2019, y acarrear sanciones disciplinarias y legales. También queda prohibido fijar carteles, afiches o cualquier elemento publicitario electoral en las instalaciones institucionales. Nadie podrá prestar salones, espacios u oficinas para reuniones políticas, ni permitir que voceros de candidatos participen en actividades oficiales.

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Fechas clave que activan las restricciones desde ya

Las restricciones se imponen con antelación a los comicios, que ya tienen fechas claras:

  • 8 de marzo de 2026: elección de Senado y Cámara de Representantes.
  • 31 de mayo de 2026: primera vuelta presidencial.

Desde hoy y hasta después de estas jornadas, la vigilancia será permanente. Cualquier acción que pueda interpretarse como promoción política desde lo público quedará bajo lupa.

Para quienes hacen parte del sector público, el margen de error es mínimo. La Ley de Garantías ya está corriendo y saltarse las reglas podría costar mucho más que una llamada de atención.