Juancho Presta es una empresa colombiana legal dedicada a prestar dinero
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Imagen de Carlos Andrés Ruiz Palacio - Pixabay
11 Feb 2022 03:36 PM

¿Está desempleado? Pille al subsidio que puede acceder mientras consigue camello

Winnie
Rodríguez
Conozca los requisitos y cómo solicitar este beneficio.

Desconocido por muchos, en Colombia existe un beneficio para quienes hayan perdido su empleo, esto, teniendo en cuenta de que pese a que en los últimos meses ha disminuido la tasa de desempleados, recientes cifras dan cuenta de que más de 2 millones de personas no tienen trabajo en el país. 

En ese orden, quienes hayan perdido su empleo pueden  aplicar al subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante, que le garantiza al beneficiario garantizar salud, pensión, subsidio familiar, entre otros beneficios durante determinado tiempo, mientras vuelve a ser contratado. 

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¿Quiénes pueden acceder a este beneficio? 

Las personas que hayan estado vinculadas al sector público y privado, además de trabajadores independientes que hayan hecho aportes a cajas de compensación durante los últimos tres años pueden acceder a este programa. 

¿Cuáles son los requisitos? 

  • En primer lugar, el interesado a aplicar a este beneficio debe estar sin un contrato laboral, es decir, en situación de desempleo. A su vez, quienes sean independientes y hayan terminado su contrato podrán postularse. 
  • No contar con ninguna fuente de ingresos. 
  • El beneficiario debe haber hecho aportes de forma continua o descontinua a Cajas de Compensación Familiar durante los últimos tres años. 
  • Inscribirse en los servicios de la Red de Servicios de Empleo e iniciar la ruta hacia la búsqueda de este mismo. 
  • Contar con la inscripción en los programas de capacitación y reentrenamiento dispuestos por el Gobierno Nacional. 

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¿Cómo hacer la solicitud? 

Para acceder al beneficio deberá solicitar a la última caja de compensación a la que estuvo afiliado el formulario de solicitud, además del certificado de la cesación laboral y continuar con el trámite según las indicaciones que la entidad disponga. 

Cabe resaltar que quienes tienen derecho al incentivo deberán haber hecho el ahorro voluntario de sus cesantías como mínimo del 10% para quienes devengan menos de 2 salarios mínimos vigentes, mientras que devenguen más de esto deberían haber ahorrado el 25%.