Cortes de agua en Bogotá
Municipios de Cundinamarca se quedarían sin agua por culpa de megaproyecto
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1 Oct 2024 06:20 AM

Alcaldía de Bogotá tomó acciones drásticas para el ahorro y uso del agua

Luis Francisco
Cifuentes
La administración distrital restringe el uso de agua potable para lavado de fachadas, parqueaderos y vehículos.

La alcaldía Mayor de Bogotá adoptó una serie de medidas que buscan disminuir el consumo y el gasto de agua potable en la ciudad ante la disminución del nivel de los embalses de Tominé y Neusa, en Cundinamarca.

Dichas normas son de carácter policivo, pedagógicas, de contribución y de incentivos para la protección y cuidado del agua en la capital del país.

A través del decreto 334, la administración distrital restringe el uso de agua potable para lavado de fachadas, parqueaderos y vehículos. Estas actividades sólo podrán realizarse con aguas lluvias, recicladas o no tratadas.

Igualmente, recomienda a los bogotanos usar las aguas lluvias para el riego de jardines, zonas verdes, infraestructura recreacional o deportiva y llenado de estanques ornamentales. 

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Otras actividades prohibidas son las de captación de agua de fuentes hídricas sin autorización de la autoridad ambiental, así como el deterioro de cuerpos de agua, zonas de ronda, o de manejo y preservación ambiental.

También se ordena que las entidades públicas contribuyan con el racionamiento del agua, usando equipos, sistemas e implementos de bajo consumo y aprovechar la recolección de agua para limpieza de instalaciones y vehículos a su cargo.

En el caso de la limpieza de los buses articulados de Transmilenio, esta se deberá realizar en seco o con el aprovechamiento de aguas lluvias o recirculadas para el lavado de señales de tránsito, sistema de semaforización, estaciones y transporte público.

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La Alcaldía de Bogotá establece campañas educativas para el adecuado uso del agua en las localidades y propiedades horizontales en los que se detecten prácticas contrarias al buen manejo del líquido. Además, en instituciones educativas públicas, espacios culturales y de recreación, y en actividades productivas, comerciales, industriales, y agrícolas de Bogotá.

Finalmente, esta norma dispone que las autoridades distritales generen incentivos no pecuniarios a usuarios residenciales que durante dos periodos de facturación consecutivos disminuya el uso de agua potable.