
Pico y placa regional, 13 de octubre de 2025: las restricciones para el festivo
Este puente festivo del Día de la Raza, que va del 11 al 13 de octubre, empata a la perfección con la semana de receso de estudiantes, por lo que se espera un alto flujo de carros durante el lunes.
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Para evitar los trancones en las entradas a Bogotá, la Secretaría de Movilidad implementa una medida llamada Pico y Placa Regional, que consiste en establecer horarios de restricciones, según la placa, para ingresar a la ciudad.
Vías donde aplica el Pico y Placa Regional
La medida funciona en las nueve entradas a Bogotá:
- Autopista Norte
- Vía Suba-Cota
- Calle 80
- Avenida Centenario (Calle 13)
- Autopista Sur
- Vía a La Calera
- Vía a Choachí
- Vía a Villavicencio (vía al Llano)
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Horarios del Pico y Placa Regional
Fecha: 13 de octubre de 2025
- No hay pico y placa regional entre las cero horas y las 12:00 p.m., y después de las 8:00 p.m.
- Sólo pueden ingresar vehículos particulares de placa par: 12:00 p.m. - 4:00 p.m.
- Sólo pueden ingresar vehículos particulares de placa impar: 4:00 p.m. - 8:00 p.m.
Datos clave:
- Multa por incumplir la medida: 604.100 pesos
- No aplica el pico y placa solidario (pago por exención)
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Exenciones para la medida
Los vehículos a los que no les aplica el Pico y Placa Regional son:
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Caravana presidencial.
- Vehículo de servicio diplomático o consular.
- Carrozas fúnebres.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad, previamente inscritos.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de autoridades judiciales.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos particulares destinados a la enseñanza automovilística.
- Vehículos híbridos, siempre y cuando estén registrados en la página de la Secretaría de Movilidad