¿Su hijo se tiró el año escolar? Casos en los que puede apelar la decisión del colegio
Conforme se acerca el cierre del año, los padres de familia se encuentran a la expectativa de las notas finales y del desempeño académico de sus hijos en las aulas. Para muchos, es fundamental que los jóvenes tengan un desempeño destacado en sus clases, mientras que otros se conforman con que no pierdan el año y retrasen su proceso.
Un año escolar se puede perder por múltiples motivos, pero generalmente, están relacionados con bajo desempeño académico y no cumplir con las expectativas del colegio para su respectivo grado.
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Generalmente, cuando un menor pierde el año, le toca repetirlo nuevamente para poder aprobarlo y ahí sí seguir avanzando. Sin embargo, lo que algunos padres desconocen es que, en ciertos casos, pueden apelar la decisión del colegio de no aprobar la promoción de su hijo al año siguiente.
¿En qué casos se puede apelar si mi hijo pierde el año?
El decreto 1075 de 2015, por medio del cual se estableció el reglamento del sector educación en el país, es claro al referirse a las razones que ampara la ley para impedir que un niño pierda su año escolar.
Dentro de dicha normativa, se establece que es obligatorio para las instituciones educativas mantener comunicación con los estudiantes y también con sus padres o acudientes, con el objetivo de estar dando información sobre su desempeño académico.
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En reuniones o comunicaciones periódicas, la institución debe mantener al tanto a los acudientes sobre determinados problemas de aprendizaje, desempeño o convivencia que tenga el menor a lo largo del calendario escolar, con el fin de que la pérdida del año no los tome por sorpresa.
Así mismo, los colegios deberán tener Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE), con el cual se establezcan evaluaciones para los estudiantes y eventuales planes de nivelación.
En ese sentido, si un padre considera que, a lo largo del año escolar, no hubo comunicación por parte del colegio con respecto a la situación de su hijo, y finalmente le informan que perdió el año, se podrá apelar la decisión.
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En estos casos, los padres podrán alegar que no hubo un seguimiento de la situación de sus hijos ni notificaciones, afectando “el derecho a la información y el acompañamiento educativo”. No obstante, los acudientes deberán presentar pruebas para que se considere la apelación.