La decisión de la sala plena de la Corte se tomó con los votos de los magistrados Cristina Pardo como ponente de caso, Alberto Rojas Ríos, Alejandro Linares, José Fernando Reyes, Diana Fajado y Jorge Ibáñez.
Lea Corte inicia deliberación sobre una demanda contra cadena perpetua a violadores de menores
La norma decía que “de manera excepcional cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir, se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua".
Pero establecía que en todo caso la condena podría ser revisada “en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado”.
En el Tribunal aun quedan en curso otras siete demandas contra la ley de cadena perpetua, entre ellas las que presentaron los senadores Iván Cepeda, Roy Barreras, Ángela María Robledo y la Comisión Colombiana de Juristas para quienes la ley tuvo vicios de trámite en el Congreso.