
Dentro de los cuidados personales que muchas personas consideran parte esencial de su bienestar físico y emocional, el corte de cabello y el arreglo de las uñas ocupan un lugar destacado. Estos servicios no solo responden a necesidades estéticas, sino que también reflejan estilos de vida, identidad y, en muchos casos, rutinas que forman parte del día a día.
Acudir a una peluquería o a un salón de belleza se ha convertido, para muchos, en una práctica habitual. En este contexto, no es extraño que una gran parte de la población tenga peluquerías o estilistas de confianza, a quienes recurren de manera frecuente por razones de familiaridad, buenos resultados anteriores o simplemente por comodidad. Algunos incluso contratan peluqueros o manicuristas personales que se desplazan hasta sus hogares para garantizar una atención más personalizada.
De interés: ¿Su hijo vive pegado al celular? Así puede cuidarlo de las redes sociales
Sin embargo, cuando por diversas razones una persona decide acudir a un nuevo salón o estilista, pueden surgir inconvenientes. Cortes de cabello que no se ajustan al solicitado, tratamientos que dañan el cuero cabelludo o las uñas, o errores en el servicio pueden provocar desde malestares momentáneos hasta daños físicos y emocionales más serios. En estos casos, la insatisfacción del cliente no siempre queda en una simple queja verbal, sino que puede escalar a reclamos formales o incluso acciones legales.
Puede demandar si le hacen un mal corte de pelo
¿Puedo demandar a un peluquero por trasquilarme?
A partir de la Ley 9 de 1979 y la Ley 1480 de 2011, los ciudadanos tienen la posibilidad de realizar acciones legales si consideran que han sido afectados por un mal procedimiento en servicios como cortes de cabello o manicure. De acuerdo con el artículo 577 de la primera norma, se contemplan sanciones cuando se compruebe la ejecución incorrecta de un procedimiento en establecimientos de belleza.
Por su parte, la Ley 1480, también conocida como el Estatuto del Consumidor, reconoce el derecho de toda persona a recibir productos y servicios en condiciones de calidad, idoneidad y seguridad. El proceso para exigir responsabilidades incluye tres pasos: un reclamo directo al establecimiento, una denuncia ante la Superintendencia de Industria y Comercio y, si es necesario, una demanda formal.
Lea también: Adicciones no se curan con castigo: psicólogo explica por qué el consumo es solo la punta del iceberg
Según lo indicado en una entrevista realizada por Alerta Bogotá 104.4 FM, el consumidor puede presentar su caso si se presentan daños a la salud física, afectaciones psicológicas o morales, siempre y cuando exista una relación directa entre el servicio recibido y el perjuicio, junto con la comprobación de negligencia o incumplimiento por parte del prestador del servicio.
Sanciones por hacer un mal corte o manicures
Las sanciones establecidas en la legislación vigente contemplan una serie de medidas contra los establecimientos que incurran en faltas. Estas incluyen desde una amonestación hasta multas sucesivas que pueden alcanzar los 10.000 salarios mínimos diarios legales vigentes. También se contempla el decomiso de productos, la suspensión o cancelación del registro o licencia del establecimiento, así como el cierre temporal o definitivo del lugar.
Durante la entrevista, se resaltó la importancia de cumplir con protocolos básicos de bioseguridad. Entre ellos están el uso de elementos de protección personal, la correcta limpieza, desinfección y esterilización de superficies, herramientas y equipos de trabajo, así como una adecuada gestión de residuos. Estas medidas buscan prevenir infecciones y minimizar riesgos de contagio por el uso compartido de implementos como máquinas cortadoras, especialmente en establecimientos donde no se realiza mantenimiento adecuado tras cada servicio.
De interés: Nueva atracción en Guatavita para los turistas: es gratis y apenas para la foto
¿En qué casos puedo demandar?
La demanda contra un servicio de peluquería o estética puede proceder si se cumplen ciertas condiciones. Estas incluyen la existencia de un daño comprobable, ya sea físico, psicológico o moral, una relación causal entre el procedimiento realizado y el perjuicio, la demostración de culpa o negligencia del peluquero o manicurista, y el incumplimiento de deberes informativos como advertir sobre posibles riesgos.
Cabe aclarar que, si bien no todos los establecimientos incumplen las normas, sí es fundamental que los usuarios estén informados sobre sus derechos y exijan condiciones de calidad. La recomendación es observar las condiciones de higiene, verificar el estado de los implementos utilizados y exigir explicaciones claras sobre los procedimientos que se van a aplicar.