
Ley defiende a morosos: lo que deben hacer si se dan 'garra' con los cobros
En Bogotá y en otras ciudades del país, es común que alguien que se atrasó en una deuda reciba llamadas insistentes, mensajes intimidantes o amenazas con embargos, incluso años después de haber dejado de pagar. Lo que muchos desconocen es que, en varios casos, esas deudas ya no se pueden cobrar legalmente, aunque los acreedores sigan insistiendo.
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Luis Felipe Pérez Jaramillo, docente de Derecho en Areandina, lo explica así: “La prescripción no borra la deuda, pero sí evita que se cobre por la vía judicial. Es una herramienta que protege al deudor frente a la inacción del acreedor”.
El problema es que, por falta de información, muchas personas terminan pagando cuando ya no están obligadas. Conocer los tiempos legales y las alternativas de defensa puede evitar que lo engañen con cobros indebidos.
¿Cuándo prescribe una deuda en Colombia?
El plazo depende del tipo de deuda. Por ejemplo, los títulos valores como pagarés o letras de cambio prescriben a los tres años. En préstamos entre particulares sin documentos comerciales, el plazo es de diez años. Las deudas laborales, como liquidaciones pendientes, también prescriben en tres años. En el caso de la DIAN, se puede exigir el pago de impuestos atrasados hasta por cinco años.
Eso sí, hay excepciones. Las deudas por cuotas alimentarias, aportes a seguridad social o condenas penales no prescriben nunca.
Pérez Jaramillo advierte que “la deuda no se vence sola. Se necesita solicitar el reconocimiento de la prescripción ante un juez o con la entidad que hace el cobro. Y para eso, lo mejor es tener asesoría jurídica”.
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¿Se la tienen 'montada' por una deuda? Esto puede hacer
Según la Superintendencia Financiera, en el primer trimestre de 2025 más de 8.500 personas denunciaron cobros abusivos. Muchos de estos casos ocurren porque los cobradores, sabiendo que la deuda está prescrita, insisten en el pago.
Aquí entran en juego la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y la Ley 1328 de 2009, que prohíben llamadas fuera del horario (7:00 a.m. a 7:00 p.m.), mensajes insistentes o contacto con terceros como familiares o empleadores.
“Guardar pruebas es clave”, asegura Pérez. “Si lo están acosando, guarde pantallazos, grabe llamadas y anote todo. Luego puede denunciar ante la Superintendencia de Industria y Comercio o la Superfinanciera”.
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La prescripción no borra el reporte, pero sí evita el cobro
Aunque una deuda esté prescrita y ya no se pueda cobrar judicialmente, eso no significa que desaparezca del historial crediticio. De acuerdo con las normas de Habeas Data, una deuda negativa puede seguir reportada hasta por cuatro años después del pago o su extinción legal.
“La prescripción es un derecho, pero no es una amnistía”, aclara el docente. “Por eso, si se logra la prescripción, es clave pedir también la actualización del reporte en las centrales de riesgo para que no siga afectando su vida financiera”.