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13 Abr 2023 05:55 PM

¡Ojo! Se vence plazo para declarar y pagar el ICA en Bogotá

Andrés
Prieto
El vencimiento del impuesto del régimen común bimestral es el viernes 14 de abril.

Pablo Verástegui, director de Impuestos de Bogotá de la Secretaría de Hacienda, informó que hasta este viernes 14 de abril tienen plazo los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) del régimen común bimestral, de la vigencia 2023, para cumplir c0n la obligación.

De acuerdo con el director, después de esa fecha, el contribuyente obligado deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los intereses moratorios correspondientes.

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”Esta semana vence el plazo para declarar y pagar el primer bimestre del impuesto de Industria y Comercio (ICA) de 2023, correspondiente a los meses de enero y febrero de este año, para los contribuyentes obligados del régimen común, es decir, aquellos que declararon y pagaron en 2022 un impuesto superior a 14.859.564 pesos (391 UVT)”, mencionó el funcionario.

Asimismo, explicó que para el pago del impuesto, los contribuyentes cuentan de manera electrónica con el botón de pago con débito a cuentas de ahorro y corrientes y la tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda (SDH).

"A pocos días del vencimiento, es importante que los contribuyentes de este impuesto recuerden que antes de presentar su declaración y de realizar el pago de su obligación, tienen que haber recuperado su contraseña en la Oficina Virtual, producto de este proceso, el sistema les enviará una nueva clave al correo que tengan registrado actualmente en la Oficina”, sostuvo el director.

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"Se debe tener en cuenta que la presentación de la declaración de ICA se tiene que hacer en la Oficina Virtual, mientras que el pago se puede realizar a través del botón de pagos PSE; mediante transferencia bancaria; con tarjeta de crédito de las entidades que hayan suscrito convenio con la Secretaria Distrital de Hacienda o de forma presencial, en las sucursales bancarias autorizadas”, finalizó.

Es importante recordar que la declaración se debe hacer únicamente por la Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la entidad.