
Reforma pensional trae cambio para los que ganan menos de 2,3 salarios mínimos
Muchas dudas han surgido desde que la Corte Constitucional decidió suspender la entrada en vigencia de la reforma pensional, también conocida como ley 2381 de 2024, y le pidió a la Cámara de Representantes que corrigiera unos errorcillos que se cometieron durante el trámite.
El pasado 27 de junio, la Cámara hizo los ajustes, pero el alto tribunal aún no toma una decisión final. En caso de que la corte le dé su "bendición" a la reforma, se confirmará uno de los principales cambios en la forma de cotizar prestaciones: todos los empleados aportarán en Colpensiones, pero hasta cierto monto.
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Los cambios de la reforma pensional en la forma de cotizar
Actualmente, las personas cotizan en un fondo privado de ahorro individual o en el régimen de prima media (Colpensiones), según su preferencia, pero no en los dos al tiempo. Por ejemplo, puede darse el caso de una persona que gana el salario mínimo y está afiliada en un fondo privado.
Todo esto cambia con la reforma pensional.
Las personas que ganen entre 1 y 2,3 salarios mínimos mensuales cotizarán todos sus aportes a Colpensiones, según el artículo 12 de la reforma pensional. La cifra equivale a 3.274.050 pesos, con los valores vigentes.
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Si alguien gana más de 2,3 salarios mínimos, cotizará en Colpensiones hasta ese monto, y los aportes del excedente se van a una administradora del componente complementario de ahorro individual (ACCAI).
En ese sentido, por seguir con el ejemplo, esa persona que gana el mínimo y está afiliada a un fondo privado ahora tendrá que hacer todos sus aportes en Colpensiones. ¿Que si tiene que hacer algún trámite? No, el sistema le hace el traslado de forma automática,
Ahora bien, si la persona gana más de 2,3 salarios mínimos y está afiliada a Colpensiones, debió haber escogido una ACCAI antes del 16 de enero de 2025. Si no pudo hacerlo antes de esa fecha, el sistema le asignó una administradora de forma aleatoria. Acá una aclaración: aunque la fecha de entrada en rigor de la reforma pensional se aplazó, este punto se mantuvo vigente. Es decir, los traslados a las ACCAI no se han reversado.
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¿Cuándo debe entrar en vigencia la reforma pensional?
Inicialmente, la entrada en vigencia de la reforma pensional estaba programada para el 1 de julio de 2025, pero con la orden de la Corte Constitucional esa fecha quedó en veremos.
Al respecto, la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía (Asofondos) le hace una respetuosa sugerencia al alto tribunal: que si la reforma es declarada exequible, se den dos meses de gracia para la entrada en vigencia y que la fecha escogida sea el primer día del mes.