
A empleados les llegará menos sueldo: empresas les hará nuevo descuento obligatorio por ley
La reforma pensional en Colombia fue aprobada por el Congreso de la República tras varios debates que se extendieron durante más de un año. La propuesta, impulsada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, busca modificar la estructura del sistema actual mediante la implementación de un modelo de pilares, con énfasis en la redistribución de aportes entre Colpensiones y los fondos privados.
Con la aprobación legislativa, se establece un régimen mixto en el que las cotizaciones de los trabajadores serán distribuidas según el nivel de ingresos. Los ciudadanos que ganen hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) aportarán el total de su cotización al sistema público, es decir, a Colpensiones. Quienes perciban más de esta cifra continuarán aportando también al fondo privado, pero solo por el valor que exceda ese umbral.
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Esta nueva estructura busca garantizar sostenibilidad fiscal, ampliar la cobertura del sistema y mejorar las condiciones para quienes hoy no tienen acceso a una pensión. Según cifras oficiales, más de 22 millones de colombianos están afiliados al sistema pensional, pero solo alrededor de 2 millones acceden efectivamente a una pensión.
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Aportes de trabajadores dependientes bajo la nueva ley
Con la entrada en vigor del nuevo esquema, se mantienen algunas disposiciones del marco normativo vigente, como las bases para calcular las cotizaciones. Según el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo, los aportes continuarán calculándose sobre el salario mensual del trabajador. En el caso de quienes reciben salario integral, la base será el 70 % del ingreso total mensual.
El porcentaje total de cotización obligatoria para pensión es del 16 % del salario, de los cuales el empleador aporta el 75 % y el trabajador el 25 %. Este esquema se mantiene, pero con ajustes en el destino del aporte dependiendo del ingreso.
Para trabajadores con dos o más empleadores, cada uno debe hacer los aportes proporcionales al ingreso que entrega. En todos los casos, la retención debe aplicarse mensualmente.
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El Gobierno Nacional decretó un aumento del 9,54 % para el salario mínimo en 2025, lo que lo sitúa en $1.423.500, y con el subsidio de transporte alcanza los $1.623.500. Por lo tanto, el descuento del 4 % para salud y el 4 % para pensión genera un total de $56.940 mensuales por cada concepto.
Nuevas obligaciones para trabajadores independientes
La reforma también contempla medidas específicas para quienes laboran por cuenta propia. Los trabajadores independientes deberán cotizar mes vencido, y la base mínima para el cálculo será el 40 % del ingreso mensual, excluyendo el IVA en los casos donde el contribuyente lleve contabilidad.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció el desarrollo de herramientas digitales para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones. Entre estas se encuentra un sistema simplificado para el registro de ingresos y egresos, con el objetivo de mejorar la trazabilidad de los aportes.
En términos de aportes adicionales, la reforma mantiene lo estipulado en la Ley 100 de 1993: quienes devenguen más de 4 salarios mínimos deberán contribuir un 1 % adicional al Fondo de Solidaridad Pensional. Este aporte busca fortalecer la financiación de subsidios para adultos mayores sin acceso a pensión.
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La entrada en vigencia del nuevo sistema está programada para julio de 2025, y el Gobierno ha señalado que iniciará una fase de transición progresiva para quienes ya están cotizando en el sistema actual. La Superintendencia Financiera y Colpensiones serán responsables de supervisar el cumplimiento de los nuevos lineamientos y garantizar su implementación gradual.