Billetes colombianos
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La FM
11 Dic 2023 10:10 AM

Trabajadores no caben de la dicha: Pille lo que pagarán por trabajar 25 y 1; es buena plata

Óscar
Barrero
Muchos hacen cuentas con este dinero que será considerable pa' quienes trabajan los dos días.

Quedan pocas semanas para que culmine este 2023 y con esto son varios los trabajadores que comienzan a calcular lo que le deben pagar no solo por la prima de servicios, sino también porque hay algunos que laboran los días festivos.  

Así las cosas, los festivos que quedan son el 25 de diciembre y el 1 de enero, algo que para muchos es una completa dicha por los días de descanso que pueden tomar, mientras que para otros serán un día laboral común y corriente, como lo han venido ejerciendo durante todo el año.

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Con esto, se comienzan a hacer cuentas de lo que le tienen que pagar por laborar estos días, teniendo en cuenta que tanto 25 de diciembre como el 1 de enero, son festivos comunes, por lo que las empresas deberán cancelar los días de trabajo, como se determina dentro de la ley.  

Dentro del Código Sustantivo del Trabajo, en el artículo 179 señala que el trabajo que se hace el “domingo y festivo se remunera con un recargo del 75% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas por el trabajador”. 

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Deudas que pueden pagar los colombianos.
Camila Díaz- Sistema Integrado Digital RCN Radio

Con este panorama, y teniendo en cuenta que muchos ganan el salario mínimo, para calcular lo que le deben pagar a los empleados que laboran estos días festivos, se debe tener en cuenta diversos factores, como lo que devengan mensualmente, pues puede ser mucho más que el SMLMV.  

Con esto, poniendo el ejemplo, si una persona se gana mensualmente el salario mínimo que actualmente está $1.160.000 - y el cual podría subir en los próximos días tras la reunión que lleva a cabo los gremios de los trabajadores, el Gobierno Nacional y los empresarios- y trabaja estos dos festivos, podrá recibir en su nómina un adicional de $67.665 que equivale al porcentaje que destaca el CST. 

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Cabe destacar que un día normal de trabajo para un empleado que devengue el mínimo es equivalente a $38.666, por lo que los días festivos laborados, serán casi que pagados al doble.  

Fuente
Sistema Integrado Digital