Normas que establece la ley al uso de parqueaderos
Conjuntos que nieguen la entrada de vehículos sufrirán graves consecuencias
CienCuadras
12 Feb 2025 01:55 PM

Conjuntos que nieguen la entrada de vehículos sufrirán graves consecuencias: por ley

Cristhiam
Martínez Murcia
Los conjuntos residenciales deben administrar, pero no prohibir el uso de los parqueaderos sin justificación legal.

Los conjuntos residenciales en Colombia deben seguir estrictas normativas en la administración de sus espacios comunes, especialmente en lo relacionado con los parqueaderos. Sin embargo, algunos han implementado restricciones que pueden generar consecuencias legales en caso de incidentes.

¿Pueden los conjuntos negar el ingreso de un vehículo?

La abogada Daniela Martínez, en una reciente publicación en TikTok, advirtió que las administraciones no tienen la facultad de prohibir el ingreso de un vehículo a la copropiedad. Si esto ocurre y el automóvil es robado en la vía pública debido a la negativa de entrada, el conjunto podría enfrentar una demanda de responsabilidad extracontractual.

“Los administradores no pueden prohibirte la entrada de tu carro. Si te lo roban por esa prohibición, puedes denunciar y demandar por los perjuicios ocasionados”, explicó la jurista.

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Las posibles sanciones para los conjuntos

Si un propietario o arrendatario demuestra que su vehículo fue hurtado tras la negativa de ingreso al conjunto, la administración podría ser obligada a:

✔️ Pagar daños materiales: El conjunto podría verse obligado a responder económicamente por el valor del vehículo robado.

✔️ Compensar daños morales: Si se demuestra que el propietario del vehículo sufrió afectaciones emocionales o psicológicas por el incidente, se podrían generar indemnizaciones adicionales.

✔️ Responder legalmente ante un juez: Una demanda de responsabilidad extracontractual obligaría a la copropiedad a comparecer ante la justicia y asumir las sanciones correspondientes.

Derechos y uso de parqueaderos en propiedad horizontal

Según el régimen de propiedad horizontal en Colombia, los parqueaderos en los conjuntos pueden ser de tres tipos:

🔹 Privados: Son propiedad de un residente específico y solo él puede utilizarlos.

🔹 Comunes: Son administrados por el conjunto y pueden ser alquilados bajo normas establecidas por la Asamblea General.

🔹 Para visitantes: Destinados exclusivamente para personas externas a la copropiedad.

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Un arrendatario tiene los mismos derechos que el propietario sobre los parqueaderos asignados a su unidad residencial. Además, la administración no puede modificar unilateralmente las reglas sobre el uso de los parqueaderos comunes sin la aprobación de la Asamblea.

Los conjuntos residenciales deben administrar, pero no prohibir el uso de los parqueaderos sin justificación legal. En caso de robo de un vehículo por restricciones arbitrarias, los afectados pueden presentar una denuncia y exigir compensaciones ante la justicia. La recomendación para los residentes es conocer sus derechos y exigir el cumplimiento de las normas establecidas en el régimen de propiedad horizontal.