Mayores de 18 años s quedarán sin EPS
Mayores de 18 años s quedarán sin EPS
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20 Mayo 2025 03:00 PM

Jóvenes ya no podrán ir al médico: papás deberán hacer trámite con sencillo documento

J. Adriana
Pardo
Conocer estos requisitos es fundamental para que las familias puedan planificar la continuidad en la cobertura de salud de sus hijos.

En Colombia, el sistema de salud a través de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) permite que los hijos sean beneficiarios dentro del régimen contributivo o subsidiado mientras dependen económicamente de sus padres.

Sin embargo, al cumplir la mayoría de edad, es decir, a los 18 años, esta condición cambia y se deben cumplir ciertos requisitos para que los hijos mayores continúen afiliados como beneficiarios. Este tema genera dudas frecuentes entre las familias, ya que la continuidad en la cobertura de salud es fundamental para garantizar el acceso oportuno a servicios médicos.

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Afiliación de hijos mayores de edad en la EPS

La afiliación en la EPS bajo la categoría de beneficiario es un beneficio que se extiende a los hijos menores de edad de los cotizantes. No obstante, cuando estos alcanzan los 18 años, la ley establece que deben cumplir con ciertas condiciones para seguir siendo beneficiarios.

Esto se debe a que, a partir de esa edad, los jóvenes pueden ser considerados como independientes en términos de acceso a servicios de salud y, por ende, deben contar con una afiliación propia o cumplir con requisitos específicos para mantener la cobertura bajo el núcleo familiar.

Requisitos para que los hijos mayores de 18 años sigan afiliados como beneficiarios en la EPS

Para que los hijos mayores de edad continúen afiliados como beneficiarios en la EPS, deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser estudiante activo: el hijo debe estar matriculado en un programa de educación formal, ya sea en educación media, técnica, tecnológica o universitaria. La EPS puede solicitar certificación o constancia de matrícula vigente para comprobar esta condición.
     
  • Dependencia económica: el hijo debe demostrar que depende económicamente del titular cotizante. Esto se entiende como que no cuenta con ingresos propios suficientes para afiliarse de manera independiente.
     
  • Edad límite: generalmente, la afiliación como beneficiario se extiende hasta los 25 años, siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriores. Pasada esta edad, el joven debe afiliarse por cuenta propia.
     
  • No estar afiliado como cotizante: si el hijo mayor de edad tiene un empleo formal o cotiza por cuenta propia, debe afiliarse como cotizante y no como beneficiario.

Estos requisitos buscan garantizar que los jóvenes en formación académica y sin ingresos propios puedan mantener su acceso a los servicios de salud sin interrupciones.

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¿Qué hacer para renovar la afiliación como beneficiario?

Los padres o el cotizante principal deben presentar ante la EPS la documentación que acredite que el hijo mayor de edad sigue cumpliendo con los requisitos. Esto incluye:

  • Certificado de matrícula o constancia expedida por la institución educativa.
     
  • Documento que demuestre la dependencia económica, en caso de ser requerido.
     
  • Actualización de datos personales en la EPS.

Es importante realizar este trámite antes de que el hijo cumpla 18 años para evitar la suspensión de la afiliación y garantizar la continuidad en la atención médica.

Consecuencias de no cumplir con los requisitos

Si el hijo mayor de edad no cumple con los requisitos para seguir como beneficiario, la EPS puede suspender su afiliación bajo esta categoría. En este caso, el joven deberá afiliarse de manera independiente, ya sea como cotizante si tiene empleo o a través del régimen subsidiado si cumple con los criterios socioeconómicos.

Fuente
Sistema Integrado de Información