Movilidad no podrá multar por llantas: más plata para la gasolina
Movilidad no podrá multar por llantas: más plata para la gasolina
Composición Pixabay
5 Mayo 2025 04:25 PM

Movilidad no podrá multar por llantas: más plata para la gasolina

Cristhiam
Martínez Murcia
Cualquier intento de imponer un comparendo por esta razón sería un abuso de autoridad o un acto basado en el desconocimiento de la norma.


Una nueva resolución del Ministerio de Transporte sobre los requisitos de las llantas para motocicletas ha generado confusión entre los conductores del país. Muchos creyeron que la medida implicaría multas para quienes no cumplieran con ciertas normas técnicas, pero la realidad es diferente.

¿Qué dice realmente la resolución?

La Resolución terminada en 4455 del Ministerio de Transporte, recientemente expedida, establece nuevos requisitos para las llantas comercializadas en Colombia. Según el documento, todas las llantas —nuevas o usadas, nacionales o importadas— deberán cumplir con normas técnicas internacionales. Sin embargo, esta regulación no aplica directamente a los motociclistas.

La norma está dirigida exclusivamente a fabricantes, importadores y comercializadores de llantas. Es decir, quienes están obligados a cumplir con estas especificaciones son quienes ponen los productos en el mercado, no los usuarios finales.

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El experto aclara los rumores

Ante la desinformación viralizada en redes sociales, el creador de contenido especializado en tránsito, Señor Biter, aclaró en un video que los motociclistas no serán multados por el tipo de llantas que usen, siempre y cuando estas no estén en mal estado o representen un riesgo evidente para la seguridad vial.

“No hay un solo artículo en la resolución que obligue al conductor a portar un certificado de sus llantas”, explicó Biter. También advirtió que cualquier intento de imponer un comparendo por esta razón sería un abuso de autoridad o un acto basado en el desconocimiento de la norma.

La medida no está vigente aún

Contrario a lo que se difundió ampliamente, la nueva regulación no empezó a regir el 2 de mayo de 2025. El Ministerio prorrogó su entrada en vigencia hasta el 2 de septiembre de 2025, aunque no se descarta una nueva prórroga.

En resumen, los motociclistas no tienen que cambiar sus llantas actuales ni presentar certificados ante agentes de tránsito. La medida está dirigida al control del mercado, no al usuario final.

Una advertencia sobre seguridad

Aunque no haya sanción directa, el llamado a los conductores es a no bajar la guardia. El mismo Señor Biter recordó que existen llantas de baja calidad, conocidas como chiviadas o regrabadas, que pueden ser peligrosas en condiciones de lluvia, frenadas bruscas o curvas.

“Este no es un tema de multas, es un tema de vida o muerte. Asegúrate de usar llantas seguras y de buena procedencia”, advirtió. La recomendación es comprar en lugares confiables, verificar la fecha de fabricación, país de origen y dimensiones, y evitar productos que pongan en riesgo la integridad del conductor.

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Conclusión: los motociclistas no deben pagar de más

El mensaje es claro: no hay obligación para los motociclistas de cambiar sus llantas por la nueva resolución. Las autoridades deben enfocarse en los responsables de la distribución y venta de estos productos, no en sancionar injustamente a los usuarios.

En caso de ser detenido por un agente que desconozca la norma, el motociclista puede defenderse, pues no existe base legal para una multa relacionada con certificados de llantas. La clave está en estar informado y no dejarse llevar por noticias imprecisas o malinterpretaciones virales.

@senorbiter NOTICIA! Desde el 2 de mayo TODAS las llantas certificadas o SANCIÓN?? #transporte #transito #senorbiter @senorbiter ♬ sonido original - señor Biter
Fuente
Alerta Bogotá