Gota de agua saliendo del grifo
Racionamiento de agua en Bogotá
Foto: RCN Radio.
17 Abr 2024 12:47 PM

Racionamiento de agua en Bogotá ayuda a disminuir consumo, pero no es suficiente

Gelitza Rocío
Jiménez Cerquera
El alcalde asegura que sigue siendo necesario disminuir el consumo de agua potable en Bogotá.

El alcalde Carlos Fernando Galán confirmó que en las últimas 24 horas se registró una importante disminución de consumo de agua en Bogotá, llegando a 15,72 metros cúbicos por segundo.

Sin embargo, las autoridades insisten que la meta es llegar al consumo de 15 metros cúbicos por segundo. "La meta es 15. Debemos bajar aún más nuestro consumo de agua. Corte al 16 de abril, el nivel de los embalses del Sistema Chingaza era de 15,28%, a finales de abril es llegar al 20%", dijo Galán.

El turno para este miércoles 17 de abril es la zona 7, puntos que comprende en los municipios de Funza, Mosquera y Madrid (Cundinamarca), y barrios de Kennedy y Fontibón.

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) analizará los consumos y aplicará la medida de desincentivo al consumo en exceso a los usuarios que superen bimestralmente 44 metros cúbicos de consumo de agua, el cual se verá reflejado en la factura que llegará a los predios desde junio.

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La Policía Metropolitana de Bogotá anunció drásticas medidas para los ciudadanos que sean sorprendidos malgastando agua en pleno racionamiento.

Las autoridades insisten que está prohibido el lavado de carros y fachadas de viviendas, debido a la situación crítica de los embalses. A los ciudadanos que derrochen agua serán sujetos de sanciones económicas que superan los 700.000 pesos.

Sin embargo, los hoteles y hostales que sean sorprendidos con el desperdicio de agua serán sujetos a una sanción económica de 32 salarios mínimos legales (aproximadamente $1.213.000), sumado a la suspensión de su actividad económica hasta por diez días. 

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"Logramos verificar que los mecanismos adoptados por cada uno de ellos, cumpliera con la preservación del agua, evitando derroches y sobreconsumos hídricos. Por otra parte, se brindaron recomendaciones para que en el caso de encontrar mal uso de estas fuentes hídricas y al no garantizar su debida conservación, se diera aplicabilidad al Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, en su Artículo 100, numeral 5, Multa General tipo 4, con el fin de suspender la actividad económica", dijo el coronel Carlos González, jefe Seccional de Protección y Servicios Especiales.