Fotomultas: ¿Quién debe pagar el comparendo?
La tenencia de los vehículos son responsabilidad de los propietarios del mismo.
Ministerio de Transporte
6 Mar 2019 12:05 PM

Secretario de Movilidad de Zipaquirá es sancionado por irregularidades en fotomultas

Mateo
Chacón
Se trata de la primera vez en el país que un funcionario de tránsito es suspendido por estos hechos.

El secretario de Transporte Movilidad del municipio de Zipaquirá, Guillermo Gaitán, fue sancionado por presuntas irregularidades en la imposición de fotomultas en lo que sería un hecho sin precedentes en el país.

Se trata de la primera vez que un alto funcionario local de un municipio es sancionado en el país en primera instancia por los polémicos fotocomparendos, cuya implementación ha causado gran controversia no solo en Zipaquirá sino en diferentes ciudades del territorio nacional.

La sanción, impartida por la Personería del municipio, aparta del cargo al funcionario por un periodo de seis meses. Sin embargo, el fallo fue apelado y ahora será la Procuraduría regional la que deberá dar la decisión final en segunda instancia.

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Los hechos se dieron luego de que se argumentó que una cámara de fotomultas fue instalada presuntamente de manera ilegal en un corredor vial ubicada en el municipio, dado que no contaba con los permisos requeridos del Ministerio de Transporte, al tratarse de una vía nacional concesionada.

Fueron más de 3.800 fotocomparendos los que se hicieron en esta vía, los cuales, además de no ser autorizados, incurrían en otras irregularidades. Por ejemplo, se descubrió que las multas llegaban a los conductores diciendo que la infracción había sido cometida en una dirección que no existe.

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Ante esto, varios conductores multados que pagaron el comparendo se han pronunciado a favor de esta decisión, pero pidieron a las autoridades locales tomar medidas necesarias para ser reparados, en especial, por medio de la devolución de su dinero.

De acuerdo a la defensa de los conductores infraccionados, habría nulidad en los comparendos debido a que el funcionario no tenía competencia para instalar la cámara de fotomultas. De esta manera, se anunció que instaurarán las medidas legales necesarias.

Sin embargo, Gaitán aseguró que la cámara no aparece registrada porque, según él, fue instalada antes del pasado 18 de diciembre, fecha en que venció el plazo para que las autoridades de tránsito tramitaran y obtuvieran la aprobación por parte del Ministerio de Transporte.

Por tal motivo, señaló que "antes del 18 de diciembre los que venían trabajando con la ley 1843 no requerían de la aprobación del Ministerio", por lo que no habría irregularidad.

En caso de sospecha de que recibió un fotocomparendo de manera irregular, lo primero que debe hacer es validar que la foto sea de una cámara que está verificada por el Ministerio de Transporte. De no ser así, el debido proceso es poner un derecho de petición y pedir que se derogue la fotomulta.

Las cámaras que pueden estar en vías nacionales y/o departamentales deben estar señalizadas 500 metros antes, de no ser así los usuarios pueden denunciar. 

Además, una vez tomada la foto esto no es causal suficiente para imponer un parte de tránsito, ya que la imagen debe ser verificada por un agente técnico en seguridad vial, el cual debe partir de esta prueba para emitir o no el comparendo. El usuario cuenta con 11 días hábiles para para hacer alguna objeción ante el Instituto de Tránsito del municipio o ciudad donde ocurra la fotomulta.