
Le ponen freno a moteros ruidosos: chistecito les costaría la quincena
En Colombia, el número de vehículos ha venido en aumento en los últimos años, especialmente por el crecimiento del uso de motocicletas. Este medio de transporte se ha convertido en uno de los más utilizados en distintas regiones del país. Según datos de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), en julio de 2024 el registro de motocicletas alcanzó los 12 millones, lo que equivale al 62% del parque automotor nacional.
El aumento en la preferencia por este tipo de vehículo está relacionado con factores como menores costos, así como la facilidad para movilizarse en medio del tráfico, entre otros. Sin embargo, tener este vehículo también implica responsabilidades relacionadas con la seguridad vial y el cumplimiento de las normas de tránsito.
De interés: Multas y sanciones a motos que transiten en los andenes: lo que debe pagar
En ese sentido, se ha vuelto común la práctica de modificar los sistemas de escape de las motocicletas, una tendencia que busca generar un mayor nivel de ruido. Esta situación no solo involucra a las motos, sino también a automóviles particulares y vehículos de carga pesada.
¿Me pueden sancionar por modificar el exosto?
El marco legal sobre este tema se encuentra en la resolución 8321 de 1983 del Ministerio de Salud, que establece los límites máximos de ruido permitidos. Para las motocicletas, el tope es de 86 decibeles; para los automóviles, 85 decibeles; y para los vehículos de carga de más de cinco toneladas, 92 decibeles.
La imposición de una sanción por superar estos niveles solo es posible si la autoridad de tránsito cuenta con un sonómetro calibrado que permita realizar la medición. Por esta razón, un agente no puede aplicar un comparendo únicamente basándose en su capacidad auditiva.
Más noticias: Motociclistas la verán complicada: medida los haría pagar duras multas
Existe la creencia entre algunos conductores de que modificar el sistema de escape está prohibido en cualquier caso. No obstante, lo que realmente genera la sanción es que el vehículo exceda los decibeles permitidos.
Por lo tanto, los conductores pueden realizar cambios en sus sistemas de escape por razones estéticas o de comodidad, siempre que no se excedan los niveles de ruido permitidos por la normativa. De incumplirse esta disposición, el vehículo podría ser objeto de inmovilización por parte de las autoridades de tránsito.
Multa por hacer mucho ruido con la moto
Las autoridades implementarán un plan de control sobre el ruido generado por motocicletas que tengan modificaciones en el sistema de escape. Durante los primeros seis meses se llevará a cabo una fase pedagógica en la que se informará a los conductores sobre la norma y sus consecuencias. Pasado ese tiempo, se empezarán a imponer sanciones económicas y la inmovilización de los vehículos que no cumplan con lo establecido.
Lea también: Puente peatonal en Bogotá se volvió "autopista" de motos eléctricas
La Ley antirruido señala que el uso de escapes alterados, válvulas adicionales o la circulación sin silenciador constituye una falta. Esta infracción está catalogada como C28 y tiene un valor de $604.000 en este 2025. La norma busca reducir el impacto del ruido excesivo en el espacio público y mejorar las condiciones de convivencia en las ciudades.
En caso de incumplimiento, los conductores se exponen no solo a la multa, sino también a que sus motocicletas sean retenidas y llevadas a los patios, lo cual podría aumentar el costo de la sanción.