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Policía Nacional
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22 Ago 2022 07:02 PM

¿Qué hace un patrullero de Policía? Funciones y deberes

Johan Andrés
Castro Montaño
Las funciones de estas autoridades están establecidas en la Ley 1801 de 2016, conocido como el Código Nacional de Policía.

Los cuerpos de Policía están presentes las 24 horas del día con la misión de velar por la seguridad y el orden público en cada una de las latitudes del país. Asimismo, su función es mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y para que los colombianos puedan vivir en paz, tal como lo señala la Constitución Política de Colombia

¿Qué hace un patrullero de Policía? 

La Ley 1801 de 2016, mejor conocida como el Código Nacional de Policía, define, entre otros, los deberes generales de las autoridades de Policía:

  • Respetar y hacer respetar los derechos y las libertades establecidas en la Constitución Política. 
  • Prevenir situaciones y comportamientos que pongan en riesgo la convivencia
  • Dar un trato equitativo a todas las personas  
  • Promover los mecanismos alternativos de resolución de conflictos como una vía de solución de desacuerdos.  
  • Recibir y atender, de manera pronta, oportuna y eficiente, las quejas, peticiones y reclamos de las personas. 
  • Colaborar con las autoridades judiciales para la debida prestación del servicio de justicia. 

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Ahora bien, un patrullero de Policía constituye, junto a los auxiliares, el nivel operativo de la institución. Por lo tanto, ellos son los encargados de cumplir con las actividades que realiza la Policía Nacional. 

El Código Nacional de Policía también define que toda autoridad policial debe conocer, aplicar y capacitarse en mecanismos alternativos a la solución de conflictos y temas de acceso a la justicia. Asimismo, ellos deben evitar al máximo el uso de la fuerza en medio de sus actividades.

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¿Ellos pueden hacer retenes? 

Los retenes son simplemente acciones preventivas que hace la Policía en las calles para identificar a una persona, así como al vehículo que maneja. En caso de que la persona o el vehículo como tal tenga una infracción de tránsito, se impondrá un lindo y hermoso comparendo

De acuerdo al Código Nacional de Tránsito, o Ley 769 de 2002, la única entidad que realiza estos retenes es la Policía de Tránsito; igualmente, un agente de esta unidad de policía es el único autorizado para poner comparendos.