
Las zonas de rumba en Bogotá que ya no tienen permiso hasta las 5:00 a.m.
El secretario de Gobierno, Gustavo Quintero, confirmó este viernes en Alerta Bogotá que ya se recogieron todos los comentarios al proyecto de decreto sobre el horario de rumba en la ciudad y se decidió que ni se extenderá hasta las 5:00 a.m. ni habrá zonas con excepciones.
"Habíamos hecho una propuesta de discusión a la ciudad y los distintos actores de la ciudad nos respondieron y nos pidieron que el expendio fuera hasta las 3 de la mañana en bares y discotecas", dijo Quintero.
En otras palabras, el horario se mantiene hasta las 3:00 a.m.: "Eso es muy importante decirlo, es el horario actual. Hay algunas excepciones en la ciudad que con este decreto ya dejan de existir", precisó el funcionario. "Todos vamos a tener un mismo horario".
Las zonas de Bogotá que ya no tendrán rumba extendida
En noviembre de 2021, el Distrito dispuso que el horario de venta de bebidas acohólicas en bares y discotecas se pudiera extender hasta las 5:00 a.m., para lo cual se establecieron zonas de rumba focalizadas, o sea, los únicos sectores autorizados para operar hasta esa hora. En el resto de la ciudad, la rumba va únicamente hasta las 3:00 a.m.
Según el decreto distrital 518 de 2022, estas son las zonas de rumba focalizadas:
- Lourdes-Hippies (Chapinero): entre avenida Caracas y carrera 7; entre calles 48 y 64
- Zona Rosa – Zona T (Chapinero): entre carreras 11 y; entre calles 82 y 85
- Primero de Mayo – HipoTecho (Kennedy): entre calles 3 y 8 sur; entre carreras 71D y 72; entre carreras 69 y 71; entre calles 31 sur y 25 sur
- Modelia (Fontibón): entre carreas 81 y 75; entre calles 24 B y 25 B
- Subazar (Suba): entre calles 145 y 146B; entre carreras 90 y 94.
- Galerías (Teusaquillo): entre carreras 27 A y 23; entre calles 51 y 53
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Sin embargo, con el decreto 293 de 2026, anunciado este viernes, desaparecen las excepciones y la rumba en toda la ciudad, incluso en las zonas focalizadas, debe funcionar únicamente hasta las 3:00 a.m.
Ahora bien, el decreto se ponen un plazo de 90 días, contados a partir del 26 de junio de 2025, para establecer "zonas focalizadas de expendio y consumo extendido" que sí podrán operar hasta las 5:00 a.m.
Para definir esos sectores, primero, el Distrito debe crear el Índice de Seguridad, Convivencia y Orden Urbano. Con base en los resultados de ese índice, y "teniendo en cuenta el uso del suelo definido en el ordenamiento territorial de Bogota", la Alcaldía de Bogotá decidirá cuáles serán las nuevas zonas focalizadas.
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El índice se elaborará teniendo en cuenta estas tres dimensiones:
- Dimensión de seguridad
- Dimensión de convivencia
- Dimensión de orden urbano
Y "será aplicado a las zonas con una concentración de minimo diez (10) establecimientos de comercio con yenta y consumo de bebidas alcohólicas en un perimetro de setenta y cinco (75) metros entre establecimientos", indica el decreto.