Conductores no se salvarán de pagar
Conductores no se salvarán de pagar
Alcaldía Mayor de Bogotá
26 Jul 2025 03:07 PM

Ley permite multas en parqueaderos: conductores no se salvarán de cobros

J. Adriana
Pardo
La ley colombiana establece tres circunstancias específicas en las que un agente de tránsito puede imponer comparendo incluso bajo techo.

En Colombia, el ingreso a un parqueadero público o privado suele vivirse como una especie de refugio: ese breve respiro donde los conductores sienten que, al menos por unos minutos, están fuera del alcance de una infracción de tránsito.

Sin embargo, la legislación reciente y el actuar de las autoridades han demostrado que este “escudo” no es absoluto. Existen casos puntuales, perfectamente tipificados en la normativa vial, en los que los agentes pueden, y deben, actuar dentro de estos recintos.

Frente a la confusión y numerosos debates en redes sociales, repasamos los tres escenarios en los que la ley sí autoriza la imposición de un comparendo en parqueaderos.

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¿Cuándo procede la multa en un parqueadero?

Contrario a lo que se podría pensar, no basta con estacionar en un parqueadero para quedar exento de las reglas. Según la Ley 769 de 2002 y las interpretaciones oficiales de autoridades como el Ministerio de Transporte y organismos de movilidad, el parqueadero solo protege frente a ciertas infracciones que suceden en vía pública. Sin embargo, hay excepciones claras:

Entrar o salir del parqueadero sin documentos en regla

  • Si un agente de tránsito detecta que un conductor intenta ingresar o abandonar el parqueadero con el SOAT, la revisión técnico-mecánica o la licencia vencida, puede imponer la respectiva multa y, de ser el caso, inmovilizar el vehículo.

    Aunque el vehículo esté momentáneamente detenido dentro de la instalación, lo que pesa es la acción de circular por espacio público, así sea en el trayecto final de salida o el corto trayecto de entrada.

Estacionar en zonas prohibidas dentro del parqueadero

  • Algunos parqueaderos tienen señalizaciones internas, como espacios reservados para personas con discapacidad, zonas de acceso de ambulancias u otros vehículos autorizados.

    Si un conductor ocupa estos lugares de manera indebida, la autoridad puede sancionar la infracción aunque haya pagado por el servicio de parqueo. La regulación bajo techo no debe contradecir las señales y normas generales de tránsito establecidas por el Código Nacional de Tránsito.

Desobedecer una orden expresa de la autoridad de tránsito

  • Si, por ejemplo, en un operativo especial o ante una situación particular de control, un agente de tránsito le solicita a un conductor su identificación o los documentos del vehículo dentro del parqueadero, negarse a atender el requerimiento o ignorar la instrucción conlleva multa. La autoridad tiene competencia siempre y cuando exista un procedimiento legal y el conductor esté involucrado en un hecho de tránsito que justifique la intervención.

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¿Puede un agente de tránsito sancionarlo por infracciones ocurridas antes de ingresar al parqueadero?

Aquí surge una de las dudas más frecuentes. Si un conductor comete una infracción en vía pública (por ejemplo, cruza un semáforo en rojo) y logra entrar al parqueadero antes de ser detenido por los agentes, ¿está a salvo? La respuesta es no.

Los agentes de tránsito están facultados para ingresar y notificar la infracción si esta ocurrió minutos antes y se cuenta con evidencia suficiente. El parqueadero no 'purga' ni invisibiliza conductas contrarias a la ley minutos previos a la entrada, aunque el procedimiento debe ser inmediato y justificado, no se trata de actos arbitrarios.

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Mitos frecuentes sobre parqueaderos y autoridad de tránsito

Es común escuchar que los agentes de tránsito no pueden entrar a parqueaderos privados sin orden judicial. Esto no es del todo cierto.

  • La normatividad permite su ingreso en tres casos: cuando hay flagrancia de una infracción, como parte de operativos autorizados o si el parqueadero es de uso público. Sin embargo, la intervención debe respetar siempre los derechos del usuario y los protocolos de ley.

Aclarar estos puntos resulta valioso tanto para conductores habituales como para quienes ocasionalmente dejan su vehículo en un parqueadero. No se trata de temer a la multa, sino de recordar que el respeto por las normas sigue vigente, aun fuera del asfalto tradicional.