Conciliación familiar
Conciliación familiar
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21 Feb 2020 08:01 AM

¡Ojo con esto! Padres que no cumplan conciliaciones de comisarías podrían ser arrestados

La Corte Suprema reafirmó la decisión que los padres deben asistir a las terapias organizadas por los comisarios de familia.

La Corte Suprema de Justicia, por medio de la Sala de Casación Civil, resolvió que los padres de familia que incumplan las conciliaciones o terapias que hacen en las comisarías se podrían enfrentar a sanciones económicas e incluso a ser arrestados. 

 

La decisión se tomó luego de que el alto tribunal estudió el caso de un menor de edad que recibía maltratos por parte de sus padres. De acuerdo con la sentencia, en la comisaría de Puente Aranda en Bogotá se ordenó medida de protección al niño con una serie de condiciones.  

Entre las medidas tomadas, la madre no podía realizar ningún tipo de violencia, agresión, maltrato u ofensa a través de cualquier medio contra su hijo; además, los progenitores no podrían tener peleas en presencia del menor ni él mismo podía ser vinculado en ningún conflicto.  

De igual manera, la comisaría había ordenado a los padres asistir a terapias psicológicas y tomar cursos sobre los derechos de los niños. 

Sin embargo, la madre del menor incumplió dichos acuerdos y fue multada a pagar dos salarios mínimos vigentes, incluso podría estar en riesgo de ser arrestada si no cumple con lo pactado. 

Debido a esto, la mujer interpuso una tutela contra la comisaría para evadir sus responsabilidades al argumentar que “estaba desempleada, recibe pocos ingresos de su familia y tiene dos hijos menores de edad”. 

Sin embargo, la Corte Suprema le dio la razón a la comisaría reafirmando que los padres están en la obligación de asistir a las reuniones pactadas por las entidades administrativas para la resolución de conflictos, de no cumplirse, advirtió el tribunal los progenitores podrían ser sancionados con multas o incluso arresto. 

“Respecto de las pruebas recaudadas se tornaba impostergable la conversión de la multa en arresto ante la no acreditación del pago de primera por parte del accionante”, explicó la sentencia.  

Fuente
Sistema Integrado Digital