
Ojo conductores, no den 'papaya': velocidad máxima para transitar en zonas residenciales
En Bogotá y todo el territorio nacional, las calles no son solo rutas para vehículos; también son el espacio vital donde niños, adultos, mascotas y ciclistas interactúan diariamente.
Por esto, la normativa busca reducir velocidades y crear entornos más seguros en sectores residenciales, donde un accidente puede costar mucho más que una multa. Respetar los límites de velocidad es fundamental no solo para evitar sanciones económicas, sino para proteger la vida propia y la de la comunidad.
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¿Qué dice la ley sobre la velocidad máxima en zonas residenciales?
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito y las normas actualizadas (Ley 1239 de 2008 y Ley 2251 de 2022), la velocidad máxima permitida para carros y motos al transitar por zonas residenciales en Colombia es de 30 km/h. Esto incluye también los sectores escolares y zonas donde hay gran concentración de personas. En las vías urbanas generales, el límite puede ser hasta 50 km/h, pero en barrios y zonas de convivencia, la ley baja ese rango drásticamente.
Además, la Organización Mundial de la Salud y la ONU promueven este límite, pues con velocidades bajas en áreas residenciales, las probabilidades de que un accidente sea mortal disminuyen de forma considerable.
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¿Por qué esta norma y quién la controla?
La principal razón para imponer el límite de 30 km/h radica en reducir el riesgo de accidentes graves o fatales. En calles residenciales, las personas suelen cruzarlas de improviso, hay juegos infantiles, mascotas y tráfico mixto con ciclistas y peatones. Un golpe a baja velocidad reduce notablemente la posibilidad de lesiones fatales. Según expertos, un vehículo a 30 km/h tiene mayor probabilidad de detenerse a tiempo o causar solo heridas leves en caso de un impacto.
Las autoridades de tránsito nacionales y municipales están encargadas de vigilar el cumplimiento de estas reglas. La señalización debe estar claramente visible, aunque la ley aplica incluso si la señal está ausente: la obligación recae siempre sobre el conductor.
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¿Cuáles son las sanciones por exceder la velocidad en zonas residenciales?
Incumplir el límite de 30 km/h en zonas residenciales puede traer consecuencias costosas y problemas legales. Según el Código Nacional de Tránsito, sobrepasar esta velocidad constituye una infracción que, para 2025, acarrea una multa aproximada de 604,054 pesos y puede llevar a la inmovilización del vehículo. Para quienes reinciden en este tipo de infracciones, la sanción se incrementa con suspensión temporal de la licencia de conducción, que puede duplicarse si el conductor persiste en la conducta.
Las motocicletas, pese a su agilidad, también deben respetar este límite: la norma no hace distinción entre tipos de vehículo motorizado cuando se trata de zonas residenciales y escolares.
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¿Hay excepciones al límite de 30 km/h?
La ley contempla algunas excepciones, pero solo si existen estudios técnicos que justifiquen un cambio. En esos casos, la autoridad local puede modificar los límites de velocidad en función de la infraestructura de la vía, siempre priorizando la seguridad de todos los usuarios. Sin embargo, esto es poco común en sectores residenciales, por lo cual la regla general de 30 km/h se mantiene firme y debe aplicarse en casi la totalidad de los barrios del país.