
Qué cirugías estéticas debería cubrirle la EPS; el problema es que le den la cita
Durante la emisión del 14 de agosto de Alerta Bogotá 104.4 FM del 14 de agosto, se analizó el papel de las EPS en la cobertura de procedimientos estéticos, a partir de cifras de la industria y de fallos judiciales que han sentado precedentes. El tema despertó interés entre los oyentes debido al alto costo de estas intervenciones y a la posibilidad de que, en ciertos casos, sean asumidas por el sistema de salud.
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De acuerdo con datos expuestos en el programa, en 2024 se realizaron 490.944 cirugías estéticas en el país, lo que equivale a un promedio de 1.345 procedimientos diarios. La cifra representa un aumento del 10% respecto a 2023, cuando se registraron 447.268 intervenciones. Además, el 30% de los pacientes atendidos provino del exterior.
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Los procedimientos más comunes fueron la liposucción (41.280 casos), el aumento de senos (33.984), la cirugía de párpados (28.032), el aumento de glúteos (27.360) y la abdominoplastia (21.984). En tratamientos no quirúrgicos, destacaron la aplicación de toxina botulínica (65.472), ácido hialurónico (44.448) y depilación láser (18.432).
Marco legal para la cobertura de cirugías estéticas por la EPS
La cobertura de este tipo de procedimientos por parte de las EPS no aplica de manera general, pero las cirugías estéticas funcionales o reconstructivas pueden ser solicitadas por los usuarios a sus respectivas aseguradoras de salud cuando cuenten con una orden médica que así lo requiera.
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De hecho, la Corte Constitucional, ha enfrentado este tipo de asuntos por cuenta de ciudadanos que han tutelado y expuestos sus casos. Entre las sentencias relevantes está la T-579 de 2017, que ordenó cubrir el tratamiento postoperatorio de una cirugía estética con complicaciones. Según la entidad, las EPS tienen la obligación de atender intervenciones con objetivo reparador. También precisa que, si las complicaciones afectan la dignidad o la salud física y mental, estas deben asumir los gastos.
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Procedimientos que pueden estar cubiertos
Algunos procedimientos que las EPS pueden cubrir, siempre que exista justificación médica, incluyen:
- Reparación de labio y paladar hendido, por su impacto en la alimentación y el habla.
- Mamoplastia de reducción, cuando el tamaño del busto ocasiona dolores de espalda, cuello o hombros.
- Reparación de cicatrices y quemaduras, para mejorar la funcionalidad y reducir el dolor.
- Cirugías postbariátricas, necesarias para retirar exceso de piel que puede generar infecciones.
- Rinoplastia funcional, en casos de desviación del tabique que afecte la respiración.
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Pasos para acceder a la cobertura
El procedimiento para solicitar que una EPS cubra una cirugía estética con justificación médica se desarrolla en varias etapas:
- Consulta médica inicial con un general o especialista en medicina familiar, quien debe documentar la condición que justifica la intervención.
- Remisión a cirugía plástica o reconstructiva, donde se emite un informe técnico sobre la necesidad del procedimiento.
- Revisión y aprobación por parte de la EPS, evaluando informes, exámenes y demás soportes.
- Programación de la cirugía y seguimiento postoperatorio.
Los participantes del programa enfatizaron que no todas las intervenciones con fines estéticos son cubiertas. El criterio central es que la cirugía mejore la salud y calidad de vida del paciente, más allá de su apariencia física.