
Usuarios podrán pagar menos por agua: tendrán que hacer sencillo proceso
En Colombia, el sistema de estratificación socioeconómica es la base para determinar cuánto paga cada hogar por servicios públicos como agua, energía y gas. Esta clasificación, que va del estrato 1 al 6, busca que los hogares con menores ingresos reciban subsidios y paguen menos, mientras que los de mayores recursos contribuyen más al financiamiento del sistema.
Sin embargo, no siempre la clasificación asignada refleja la realidad económica de las familias, lo que puede generar cobros injustos y afectar el acceso a subsidios.
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¿Quién puede solicitar el cambio de estrato y en qué casos?
Cualquier persona que considere que su vivienda ha sido mal clasificada puede solicitar el cambio de estrato. Esto incluye propietarios, arrendatarios e incluso administradores de conjuntos residenciales. Las causales para solicitar la modificación están determinadas por la ley e incluyen, entre otras:
- Cambios sustanciales en las condiciones físicas o socioeconómicas de la vivienda o el sector.
- Errores en la asignación inicial del estrato.
- Actualizaciones periódicas obligatorias que no reflejan la realidad actual del inmueble o sus habitantes.
En casos donde la empresa prestadora de servicios públicos aplica incorrectamente los decretos de estratificación, la ley obliga a la empresa a corregir el estrato de manera inmediata y devolver los valores cobrados en exceso, sin que el usuario tenga que presentar un reclamo formal.
El sistema de estratos se implementó en 1985 y, desde entonces, la administración local de cada ciudad es la encargada de asignar el estrato a las viviendas, basándose en características físicas, ubicación y condiciones socioeconómicas del sector.
Aunque este modelo ha permitido una distribución diferenciada de los cobros, también ha presentado errores de inclusión y exclusión, por lo que la ley colombiana contempla mecanismos para solicitar la modificación del estrato cuando se presentan inconsistencias o cambios en las condiciones del inmueble.
Pasos y requisitos para modificar el estrato en los servicios públicos
El proceso para solicitar la modificación del estrato es gratuito y debe realizarse ante la autoridad encargada de la estratificación en cada municipio o distrito, generalmente la alcaldía local o la oficina de Planeación Municipal. El procedimiento incluye los siguientes pasos:
- Radicar la solicitud formal: el interesado debe diligenciar el formato correspondiente o redactar una carta explicando por qué considera que el estrato asignado no corresponde con la realidad. Es fundamental incluir datos del solicitante, dirección del predio y una descripción detallada de las condiciones socioeconómicas.
- Adjuntar documentos de soporte: se recomienda anexar documentos que respalden la solicitud, como recibos de servicios, fotografías, certificados de ingresos o cualquier evidencia que demuestre la situación real de la vivienda.
- Inspección técnica: tras recibir la solicitud, la entidad competente realiza una visita al inmueble para verificar las condiciones físicas y socioeconómicas. Se evalúan aspectos como materiales de construcción, ubicación, acceso a servicios y entorno.
- Decisión y notificación: basándose en la inspección y la documentación, la autoridad emite una resolución que puede confirmar o modificar el estrato. Es obligatorio notificar al solicitante y a las empresas de servicios públicos sobre la decisión.
Es importante destacar que la modificación del estrato solo produce efectos legales una vez que el acto administrativo ha sido debidamente notificado. Si no se logra la notificación, la decisión no tendrá validez y no podrá ser implementada.
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¿Cuánto tiempo tarda en aplicarse el cambio de estrato después de la resolución?
Después de que se expide la resolución que modifica el estrato de un inmueble en Colombia, el cambio solo puede aplicarse una vez el acto administrativo ha sido debidamente notificado al usuario y ha quedado en firme. Es decir, los prestadores de servicios públicos deben abstenerse de implementar cualquier modificación en el cobro hasta que la notificación sea efectiva y no existan recursos pendientes por resolver, como apelaciones.
El proceso de notificación puede realizarse de manera personal o, si esto no es posible, mediante aviso en los términos establecidos por la Ley 1437 de 2011. Si la notificación no se realiza correctamente, la decisión no produce efectos legales y, por tanto, no se puede aplicar el cambio de estrato.
En cuanto a los plazos, la Secretaría Distrital de Planeación debe responder la solicitud de cambio de estrato en un plazo no mayor a dos meses. Una vez el usuario es notificado de la resolución, si no interpone recursos o estos ya han sido resueltos, el acto administrativo queda en firme y las empresas de servicios públicos pueden aplicar el nuevo estrato en la facturación, lo cual suele reflejarse en los siguientes ciclos de cobro, típicamente entre uno y tres meses después de la notificación efectiva.
El cambio de estrato se aplica solo después de la notificación y cuando la resolución está en firme, y puede tardar entre uno y tres meses en verse reflejado en las facturas de servicios públicos, dependiendo de los tiempos de notificación y cierre de recursos legales.