No tendrá que luchar para almorzar en el trabajo: Ley frena a empresas
No tendrá que luchar para almorzar en el trabajo: Ley frena a empresas
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10 Mayo 2025 07:35 PM

No tendrá que luchar para almorzar en el trabajo: Ley frena a empresas

Flor Angie
Baena
Trabajadores no tendrán que luchar ya por tener su hora de almuerzo.

A partir del 15 de julio de 2025, entrará en vigor una nueva etapa en la modificación del tiempo de trabajo semanal en Colombia. De acuerdo con el cronograma incluido en la Ley 2101 de 2021, las personas empleadas pasarán de trabajar 46 a 44 horas a la semana. Esta reducción hace parte de un proceso escalonado, iniciado en 2023, que contempla ajustes anuales hasta alcanzar un total de 42 horas semanales en 2026.

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Reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia

La Ley 2101, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estableció un calendario con los siguientes ajustes:

  • 15 de julio de 2023: reducción de una hora semanal (de 48 a 47 horas)

  • 15 de julio de 2024: reducción de una hora (de 47 a 46 horas)

  • 15 de julio de 2025: reducción de dos horas (de 46 a 44 horas)

  • 15 de julio de 2026: reducción de dos horas (de 44 a 42 horas)

Este proceso no implica modificaciones en el salario ni en los beneficios laborales. El empleador no puede reducir el pago ni las prestaciones debido a la disminución de horas. Tampoco se modifica el valor de la hora de trabajo. “Queremos recordar, además, que la jornada máxima legal es de ocho horas, conforme a lo previsto en el Convenio 1 de la OIT de 1919, ratificado por Colombia”, explicó el viceministro Iván Daniel Jaramillo Jassir.

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Distribución semanal y tiempo destinado a la alimentación

Según lo establecido en la ley, la jornada semanal puede distribuirse en cinco o seis días, sin que esto implique la eliminación del día de descanso obligatorio, salvo en los casos expresamente contemplados como excepción en el artículo 2° de la norma.

En relación con el tiempo destinado a la alimentación, el Ministerio del Trabajo aclaró que este no forma parte de la jornada laboral. En consecuencia, no puede extenderse con el fin de justificar el cumplimiento de la reducción de horas. “Se reitera que la hora de almuerzo no forma parte de la jornada laboral, por lo que no puede ser utilizada para reducir las horas de trabajo establecidas”, señaló el Ministerio.