Trabajadores celebrando el pago de las cesantías
Trabajadores celebrando el pago de las cesantías
Canva
24 Feb 2024 10:10 AM

Pago adicional que le harán a trabajadores los tiene dichosos: Cambio importante ilusiona

Óscar
Barrero
El cambio de contrato será fundamental. Esto hará que los trabajadores tengan más dinero.

Algo que mucho se habló durante el debate de la reforma laboral, era el tema de los contratos a obra o labor, en el cual se destacó que seguirán en funcionamiento mientras que cumplan con algunas condiciones que garanticen el derecho de los trabajadores.

Según lo dicho por la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, la reforma busca establecer derechos a los trabajadores que se habían perdido en Colombia, por lo que se suponía, que los contratos temporales iban a tener fin y se daría prioridad a los contratos por término indefinido.

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Ante el llamado que hicieron varios empresarios, alegando que esto los afectaría, el Gobierno Nacional incluyó un artículo dentro de la reforma laboral que reglamenta el funcionamiento de estos contratos, por lo que se podrán celebrar por el tiempo que dure la realización de una obra o labor en el país.

Así las cosas, dentro del proyecto señalan que “el contrato de trabajo por la duración de obra o labor debe determinar por escrito y de manera precisa la obra o labor contratada que requieren atender”.

Asimismo, señalan que cuando se cumplan las condiciones y se dé terminación al contrato, la persona que fue contratada “continuará prestando sus servicios. El contrato entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral, a menos que se trate de una nueva y diferente obra y labor”.

De darse este hecho, dentro del documento exponen que se puede continuar con el contrato adicionado, siempre y cuando sea por escrito y el acuerdo al que se llegue con la nueva obra y labor de sus tareas como trabajador.

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La reforma laboral también propone que todos los contratos tanto a término fijo como obra o labor tengan a los “trabajadores el derecho del pago de vacaciones y prestaciones sociales proporcionados al tiempo que labore, sin importar el que este sea”.