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Alivio que tendrían quienes viven en arriendo por pago del canon.
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9 Jun 2024 11:04 AM

Inquilinos no tendrán que pagar jugosa plata que pide el arrendador y ley los protege

Cristhiam
Martínez Murcia
La Ley 820 de 2003 es clara en su objetivo de proteger a los inquilinos

En Colombia, aproximadamente el 40% de los ciudadanos viven en arriendo, según un estudio reciente del Departamento Nacional de Estadística (DANE). “El 40,3% de los hogares colombianos viven en condiciones de arrendamiento o subarrendamiento para el 2024”, revela el informe, subrayando la importancia de las regulaciones en el mercado de alquiler.

Una práctica común al firmar contratos de arrendamiento es el cobro de un depósito, destinado a cubrir posibles daños a la propiedad y faltas de pago de los servicios. Este depósito actúa como una especie de seguro para el propietario. Sin embargo, muchos inquilinos desconocen que la ley los protege de esta exigencia en el contexto de arrendamientos de vivienda urbana.

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La Ley 820 de 2003, en su artículo 16, establece claramente la prohibición de exigir depósitos y cauciones reales en los contratos de arrendamiento de vivienda urbana. Esta disposición legal prohíbe a los propietarios solicitar depósitos en dinero en efectivo u otras formas de caución real, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del inquilino.

Aunque el cobro de depósitos es completamente legal en arrendamientos de locales comerciales, la normativa es explícita en cuanto a la protección de los inquilinos de viviendas urbanas. “La prohibición expresa de exigir depósitos en contratos de arrendamiento de vivienda urbana tiene como objetivo proteger a los inquilinos y evitar cargas económicas adicionales al momento de alquilar una propiedad”, explica un abogado especializado en derecho inmobiliario.

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Pese a esta clara normativa, es frecuente que algunos arrendadores continúen solicitando depósitos de sus inquilinos, quienes, muchas veces por desconocimiento de sus derechos, acceden a pagar sumas considerables de dinero. Por ello, es fundamental que los arrendatarios estén informados sobre sus derechos y eviten realizar estos pagos indebidos.

La recomendación para quienes se encuentren en proceso de alquilar una vivienda urbana es clara: no accedan a pagar depósitos en efectivo u otras formas de caución real, y si enfrentan esta exigencia, recuerden que la ley está de su lado. En caso de conflictos, es aconsejable acudir a las autoridades competentes o buscar asesoría legal para asegurar el cumplimiento de la normativa y proteger sus derechos como inquilinos.

En conclusión, mientras el arrendamiento sigue siendo una opción vital para una gran parte de la población colombiana, es esencial que tanto inquilinos como arrendadores estén bien informados sobre las regulaciones que rigen esta práctica. La Ley 820 de 2003 es clara en su objetivo de proteger a los inquilinos de viviendas urbanas de cargas financieras injustas, y su cumplimiento garantiza un mercado de alquiler más justo y equitativo para todos.