Enfermedades laborales que cubren la ARL
Enfermedades laborales que cubren la ARL
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30 Sep 2023 06:59 PM

Trabajadores ojo al dato: platica que puede exigir por incapacidad o enfermedad laboral

Vanessa
Ávila Velandia
Aquí le contamos cuáles enfermedades cubre la ARL y en qué casos se pide incapacidad por invalidez.

En Colombia bajo el Código Sustantivo del Trabajo existen dos tipos de clasificaciones para las incapacidades laborales que pueden sufrir los empleados, ya sea por factores externos al trabajo o por accidentes mientras ejercen sus labores diarias. 

Inicialmente, está la incapacidad de 'origen común' que compren aquellas afectaciones de salud a cuenta de enfermedades infecciosas o crónicas y accidentes domésticos como la lesión de una extremidad. Estas a su vez, suelen ser generadas por la EPS y no tienen relación con la empresa. 

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La segunda incapacidad es conocida como de 'origen laboral' que se da por las actividades que se desarrollan diariamente en el trabajo. Es decir, si el operario sufre un accidente en las instalaciones de la entidad o presenta una enfermedad por los riesgos de su oficio. 

De esta última se detona las enfermedades laborales que pueden darse por las condiciones en las que el personal realiza las tareas. Por ejemplo, el trastornos músculo-esqueléticos que es causado por manipular peso; el estrés y trastornos mentales. 

Por ello, es importante saber diferenciarlas para así mismo indicarle al empleador sobre la situación y proceder a activar los protocolos pertinentes. 

Respecto a esto, el empleo deberá asistir al sistema de salud al que se esté afiliado y allí le generarán un dictamen en caso de tener una posible enfermedad laboral. De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, una vez se genere el reporte, "el empleador contará con 2 días hábiles luego del informe del empleado para poner al tanto a la Aseguradora de Riesgos Laborales ARL y a la respectiva EPS para que se inicien los trámites de valoración y evaluación médica ocupacional". 

En esa línea dependiendo del diagnóstico y según la clasificación de la incapacidad, el trabajador podrá obtener un porcentaje de auxilio económico mientas se recupera de salud. 

Auxilio económicos por incapacidad laboral: 

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Si se trata de una incapacidad de origen común, al afectado le corresponde el 66.6% del salario base cotizado durante los primeros 90 días. Pasado dicho tiempo, el porcentaje pasará al 50%. 

En caso de sufrir una incapacidad de origen laboral por accidente o enfermedad, el empleado tendrá un auxilio del 100% del salario base cotizado desde el primer día. 

Por otra parte, si en el dictamen médico se estipula la perdida de la capacidad laboral entre el 5% y el 50% el contratado tiene derecho a que se le otorgue una indemnización, la cual se determinará según el salario mínimo y nivel de la condición médica. 

Finalmente, es válido aclarar que la pensión de invalidez se puede solicitar siempre y cuando se haya perdido más del 50% de la capacidad laboral.