Empleados quedarían con doble sueldo: ley permite este beneficio
Empleados quedarían con doble sueldo: ley permite este beneficio
Camila Díaz RCN Radio
19 Jun 2025 07:48 AM

Empleados quedarían con doble sueldo: ley permite este beneficio

Flor Angie
Baena
Autoridades aclaran condiciones para acceder a beneficio, según lo establecido en la Ley 100 de 1993.

En Colombia, la legislación vigente permite heredar dos pensiones, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la Ley 100 de 1993. Este derecho no constituye una doble pensión en sentido estricto, sino la posibilidad de que un beneficiario reciba más de una pensión de sobrevivientes, originadas en vínculos familiares distintos.

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El reconocimiento de este derecho está condicionado a la existencia previa de la pensión del causante o al cumplimiento de los requisitos para acceder a ella. En el caso de hijos menores de 18 años, o de hasta 25 años si estudian, también aplica si se trata de personas con invalidez permanente y dependencia económica. En tales circunstancias, pueden heredar la pensión de cada uno de sus padres, si ambos eran pensionados o habían cotizado el número mínimo de semanas exigido.

También es posible que una persona reciba dos pensiones si corresponden, por ejemplo, a la de su cónyuge o compañero permanente y, simultáneamente, a la de uno de sus padres, siempre que se acredite dependencia económica.

Documentación exigida para el proceso de pensión de sobrevivientes

Para solicitar el reconocimiento de más de una pensión de sobrevivientes, se deben presentar ante Colpensiones o los fondos privados los siguientes documentos:

  • Registro civil de defunción del causante.

  • Cédula de ciudadanía del fallecido.

  • Historia laboral, en caso de que no fuera pensionado.

  • Acto administrativo de reconocimiento de pensión, si ya recibía mesada.

  • Formulario de solicitud de pensión de sobrevivientes, debidamente diligenciado.

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Este formulario es esencial para que la entidad administradora inicie el estudio del caso. En el proceso se verifica el cumplimiento de requisitos legales, como las semanas cotizadas y la relación familiar con el fallecido.

El monto a recibir no necesariamente corresponde al 100 % de la pensión del causante. Su valor se determina según el ahorro acumulado y el número de semanas cotizadas.

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Cambios en la ley limitarán la acumulación de pensiones desde 2025

La reforma pensional, que entrará en vigor en la segunda mitad de 2025, introduce restricciones al reconocimiento simultáneo de pensiones. La norma establece que ningún ciudadano podrá recibir dos mesadas dentro del mismo régimen, salvo en el caso de pensiones por riesgos laborales, que seguirán siendo compatibles con otras.

Tampoco podrá acumularse la pensión familiar con ningún otro beneficio pensional, incluida la pensión de sobrevivientes. Esta modalidad busca proteger a hogares con baja capacidad contributiva y no puede combinarse con otros ingresos del sistema.

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Respecto a las pensiones por invalidez y vejez, la norma prohíbe recibir ambas de forma simultánea si se originan en el mismo sistema de seguridad social. En los casos en que una persona cumpla los requisitos para más de una pensión, se le reconocerá aquella que represente mayor beneficio económico, sin posibilidad de acceder a ambas.

Fuente
Sistema Integrado Digital