Pensionados podrán recibir más plata
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14 Ago 2025 07:20 PM

Pensionados podrán reclamar más platica: paso a paso para reclamar el retroactivo pensional

J. Adriana
Pardo
Le explicamos qué es, quiénes pueden solicitarlo y cómo hacerlo paso a paso para que no se le pierda ni un peso.

En Colombia, muchos trabajadores que han cumplido años de servicio y requisitos legales para acceder a su pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, enfrentan demoras administrativas o judiciales para que les reconozcan y empiecen a pagar sus mesadas pensionales.

Esta situación ha generado que, aunque tengan derecho adquirido, la pensión no se les pague oportunamente, acumulando un monto pendiente llamado 'retroactivo pensional'.

Este derecho, reconocido por la ley colombiana, busca resarcir a los pensionados por esa espera y garantizar que cobren la totalidad del dinero que legítimamente les corresponde desde la fecha en que cumplió los requisitos para jubilarse.

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¿Qué es el retroactivo pensional?

El retroactivo pensional es el derecho que tienen las personas a recibir el pago de las mesadas pensionales que no les fueron pagadas desde la fecha en que cumplieron con los requisitos legales para pensionarse hasta la fecha en que la pensión fue oficialmente reconocida y comenzó el pago.

Esto no se trata de un dinero adicional ni de semanas de cotización extra, sino de la suma acumulada de las mensualidades que la persona dejó de recibir por la tardanza en la aprobación o reconocimiento de su pensión.

Este pago retroactivo aplica tanto para las pensiones bajo el régimen público, administradas por Colpensiones, como en los fondos privados de pensiones (Porvenir, Protección, etc.), siempre y cuando la demora haya sido causada por trámites internos o judiciales y no por falta de documentos o información por parte del solicitante.

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¿Quiénes tienen derecho y cuándo se puede reclamar?

Para tener derecho al retroactivo pensional, la persona debe haber cumplido los requisitos de edad y semanas de cotización establecidos por la ley (62 años para hombres y 57 para mujeres en pensión de vejez, con un mínimo de semanas acumuladas), y que haya solicitado formalmente la pensión o esta haya sido reconocida judicial o administrativamente después de haber adquirido el derecho. También aplica para pensiones por invalidez o sobrevivencia, en los términos previstos por la normatividad.

Es importante que la persona haya terminado su relación laboral y esté desafiliada del fondo pensional para que se reconozca el retroactivo desde esa fecha, ya que la pensión solo inicia formalmente cuando cesan sus aportes laborales.

Respecto al tiempo para reclamar, la ley establece un plazo de prescripción de tres años para presentar la reclamación del retroactivo, contados desde la fecha en que la obligación de pago se hizo exigible. Por esto, es fundamental actuar a tiempo para no perder este derecho.

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¿Cómo reclamar el retroactivo pensional? Paso a paso

Verifique que cumple los requisitos: Confirme que tiene la edad y el número de semanas cotizadas requeridas, así como la fecha en que adquirió el derecho a pensión.

Reúna la documentación necesaria:

  • Formulario oficial de solicitud del retroactivo (disponible en Colpensiones o su fondo privado).
  • Copia del acto administrativo o resolución que reconoce la pensión.
  • Historia laboral actualizada, donde consten sus aportes.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • Presente la solicitud formal: puede hacer el trámite directamente en las oficinas o canales virtuales del fondo de pensiones con el que cotizó.
  • Espere la respuesta de la entidad: la administradora tiene un plazo máximo de 30 días calendario para estudiar la solicitud y decidir si aprueba o niega el pago del retroactivo.

En caso de respuesta negativa o silencio administrativo, puede iniciar una demanda laboral ante la jurisdicción ordinaria para reclamar judicialmente el retroactivo, proceso que puede no requerir abogado si el monto es menor a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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¿Cómo se calcula el monto del retroactivo?

El retroactivo se calcula con base en la mesada pensional que correspondía al pensionado en la fecha en que cumplió los requisitos para pensionarse. Esa suma se actualiza hasta la fecha en que se reconoce el pago, sumando los ajustes legales que correspondan para mantener el poder adquisitivo, tales como el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o el aumento del salario mínimo vigente.

Es decir, si el pensionado tenía derecho a recibir un salario mínimo desde enero de 2023 pero le pagaron su primera mesada en enero de 2025, el retroactivo corresponderá a esos dos años de mesadas actualizadas.