¿Cuál es la diferencia entre multa y comparendo?
¿Cuál es la diferencia entre multa y comparendo?
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9 Jun 2025 01:52 PM

¿Cuál es la diferencia entre multa y comparendo? Muchos aún no la tienen clara y pierden platica

July Marcela
Morales
Entender la diferencia es clave para garantizar que los ciudadanos conozcan sus derechos.

En Colombia, las infracciones de tránsito son un tema frecuente entre los ciudadanos, especialmente en las grandes ciudades como Bogotá, donde los controles se han intensificado y donde el uso de medios tecnológicos como las cámaras de fotodetección ha aumentado.  

Sin embargo, persiste una gran confusión en torno a dos conceptos fundamentales dentro del régimen contravencional: el comparendo y la multa. 

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Muchos conductores y peatones creen que ambos términos significan lo mismo, cuando en realidad representan momentos distintos dentro de un mismo procedimiento. Esta confusión puede llevar a errores como pagar anticipadamente lo que aún no es una sanción o no ejercer el derecho a la defensa cuando es posible. 

De acuerdo con la Superintendencia de Transporte y el Ministerio de Transporte, entender la diferencia entre un comparendo y una multa es clave para garantizar que los ciudadanos conozcan sus derechos, eviten sanciones indebidas y cumplan con la ley de manera informada. A continuación, le explicamos qué significa cada término y en qué se diferencian. 

¿Qué es un comparendo y qué es una multa? 

Según el Artículo 135 del Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002), el comparendo es un acto administrativo que tiene como finalidad notificar a un ciudadano que presuntamente ha cometido una infracción a las normas de tránsito.  

Este documento puede ser entregado de forma manual por un agente de tránsito o a través de medios tecnológicos como cámaras de fotodetección. 

La notificación del comparendo no implica automáticamente una sanción. Por el contrario, da inicio a un procedimiento contravencional durante el cual el presunto infractor tiene derecho a presentar sus descargos, pruebas y, si lo desea, aceptar la infracción.  

Si se acepta la responsabilidad dentro de los términos establecidos, se pueden obtener descuentos en el pago. 

Por su parte, la multa es la sanción económica impuesta por la autoridad de tránsito competente después de que se ha llevado a cabo el proceso respectivo y se ha determinado, mediante resolución, que sí hubo una infracción.  

Esto se encuentra regulado por el Artículo 136 del mismo Código, que establece los procedimientos para la aceptación o la defensa del comparendo, así como la imposición de la sanción. 

En otras palabras, el comparendo es el inicio del proceso, mientras que la multa es la consecuencia final, impuesta solo si se confirma la falta. 

¿Cuál es la diferencia entre multa y comparendo?
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Diferencias clave entre un comparendo y una multa 

Para facilitar la comprensión de ambos términos, le presentamos a continuación sus principales diferencias: 

Naturaleza jurídica: 

  • El comparendo es una notificación por una presunta infracción. 
  • La multa es una sanción económica impuesta tras comprobar la infracción. 

Etapa del proceso: 

  • El comparendo ocurre al inicio del procedimiento. 
  • La multa se impone al finalizar el procedimiento, si se determina que hubo falta. 

Autoridad que lo impone: 

  • El comparendo lo impone un agente de tránsito o un sistema automatizado autorizado. 
  • La multa la impone la autoridad de tránsito mediante acto administrativo (resolución). 

Derecho a defensa: 

  • Ante el comparendo, el ciudadano puede presentar descargos, pruebas o aceptar la responsabilidad. 
  • Una vez impuesta la multa, solo queda pagarla o interponer recursos legales si aplica. 

Obligación de pago: 

  • El comparendo no obliga a un pago inmediato, salvo que se acepte voluntariamente la infracción. 
  • La multa sí exige el pago del valor correspondiente fijado por la resolución sancionatoria. 

Descuentos y cursos pedagógicos: 

  • Si se acepta el comparendo en los primeros cinco días hábiles, se puede acceder hasta a un 50 % de descuento, siempre que se haga un curso pedagógico en un organismo de tránsito autorizado. 
  • Una vez impuesta la multa sin aceptación previa, ya no aplica el beneficio del descuento. 

¿Cuál es la importancia de conocer la diferencia? 

El desconocimiento de estos conceptos genera problemas a nivel legal y financiero. Por ejemplo, muchos ciudadanos pagan sanciones sin saber que aún pueden ejercer su defensa o acogerse a descuentos.  

Otros, por desconocimiento, dejan pasar los plazos y terminan enfrentando intereses o reportes en bases de datos como el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito). 

La Agencia Nacional de Seguridad Vial y el Ministerio de Transporte han recomendado revisar frecuentemente el estado de los comparendos a través de plataformas oficiales. 

Fuente
Sistema Integrado Digital.