
Galán libera del pico y placa a ciertos conductores: requisito para acceder gratis a la medida
En Bogotá, el pico y placa es una medida que aplica de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y las 9:00 p.m., y se determina según el último dígito de la placa del carro.
Esta estrategia tiene como objetivo mejorar la movilidad y reducir la congestión vehicular en la ciudad.
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Actualmente, la única forma de circular libremente en días de restricción es mediante el programa Pico y Placa Solidario, que requiere un pago para exonerar al conductor de la medida. Sin embargo, existe una alternativa gratuita que muy pocos conocen y que puede representar un alivio importante para algunos conductores.
A continuación, le explicamos los requisitos, documentos y pasos necesarios para acceder a esta exención especial.
¿Quiénes pueden solicitar la excepción de pico y placa?
La exención está dirigida a vehículos que transportan o son conducidos por personas cuya condición motora, sensorial o mental limita de manera permanente su movilidad.
Esta condición debe estar debidamente certificada por una entidad del sistema de salud colombiano, y la persona beneficiaria debe estar inscrita en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD) de la Secretaría de Salud.
El beneficio permite inscribir un único vehículo por persona en situación de discapacidad y solo aplica cuando el vehículo esté siendo utilizado por el beneficiario.
Requisitos básicos para acceder a la exención
Para solicitar esta exención, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- El carro debe estar destinado al transporte de una persona con discapacidad.
- La condición de discapacidad debe ser permanente y limitar la movilidad.
- La persona beneficiaria debe estar registrada en el RLCPD.
- Solo se puede inscribir un carro por cada persona con discapacidad.
- El automotor debe portar señalización frontal y posterior que indique que es de uso para transporte de persona con discapacidad.
- La exención solo aplica cuando la persona beneficiaria haga uso del vehículo.
- La vigencia del permiso es de un (1) año.
Documentos exigidos para solicitar la exención
Los documentos requeridos son:
- Oficio de solicitud de inscripción en la base de vehículos exceptuados.
- Licencia de tránsito del vehículo.
- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.
- Revisión técnico-mecánica vigente.
- Certificado de discapacidad expedido por EPS o IPS. No se acepta historia clínica. El certificado debe tener menos de un año de expedición.
- Fotocopia del documento de identidad de la persona con discapacidad.
- Fotocopia del carné de EPS donde se indique la condición de discapacidad permanente.
- En casos donde la discapacidad tenga origen laboral, será válida la certificación de pérdida de capacidad laboral emitida por la ARL, siempre que el porcentaje sea igual o superior al 50 %.
Pasos para solicitar la exención ante la Secretaría de Movilidad
El procedimiento para hacer la solicitud consta de tres etapas principales:
- Registro previo en el RLCPD
- La persona en condición de discapacidad debe estar inscrita en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, gestionado por la Secretaría de Salud.
- Radicación de la solicitud ante la Secretaría de Movilidad.
Esta puede realizarse de forma presencial, por escrito o a través de canales virtuales oficiales habilitados por la entidad. Se deben presentar todos los documentos mencionados anteriormente.
Consulta de aprobación
La Secretaría Distrital de Movilidad tiene hasta 45 días hábiles para emitir respuesta. La aprobación o estado del trámite puede ser consultado en línea a través de los servicios habilitados por la entidad.
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¿Qué debe tener en cuenta el conductor del vehículo inscrito?
- El vehículo solo podrá circular en días de restricción cuando esté transportando efectivamente a la persona con discapacidad.
- Es obligatorio que el carro porte las señales visibles de uso exclusivo para personas con discapacidad, tanto al frente como en la parte posterior.
- En caso de ser detenido por una autoridad de tránsito sin la presencia de la persona registrada, se podrá imponer el respectivo comparendo.
¿Tiene algún costo el trámite?
No. La solicitud de exención es totalmente gratuita.
¿Es necesario contar con un abogado?
No. El trámite puede hacerse directamente por la persona interesada o por un tercero autorizado, sin intermediarios legales.
¿Cuánto tiempo tiene de vigencia la exención?
La exención tiene una duración de un (1) año, contado a partir de la aprobación. Para continuar con el beneficio, se debe renovar cumpliendo nuevamente con los requisitos y documentos actualizados.
Canales habilitados en Bogotá
En el caso de Bogotá, la Secretaría Distrital de Movilidad dispone de varias formas para tramitar la solicitud:
- Presencial: en puntos de atención designados.
- Radicación escrita: en la oficina de correspondencia oficial de la Secretaría Distrital de Movilidad.
- Virtual: a través de la página oficial y los canales digitales de la entidad.