El aumento del arriendo para 2024 se medirá de acuerdo a la cifra de inflación en Colombia.
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RCN Radio
15 Dic 2023 02:39 PM

Platica que inquilinos podrán exigirle por derecha a propietarios: se les arreglaría la navidad

Vanessa
Ávila Velandia
El Código Civil estipula los casos en que el arrendador deberá indemnizar a sus inquilinos.

En Colombia, más del 30% de la población, lo que equivale a un promedio de 17 millones de ciudadanos, opta por la modalidad de arriendo como opción de vivienda, según la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz.

Justamente, el sector inmobiliario está experimentando un crecimiento para satisfacer la creciente demanda de familias en busca de una vivienda en alquiler.

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En esa línea, al momento de tomar la decisión de arrendar un inmueble, tanto el propietario como el arrendatario deberán firmar un contrato de arrendamiento. Este estipula las obligaciones, deberes y derechos que tienen los firmantes en caso de que se presenten inconvenientes con la vivienda.

Entre los apartados más importantes, están las cinco condiciones por las cuales el arrendador debe indemnizar al inquilino.

¿En qué casos el arrendador debe indemnizar al inquilino?

Una de las causales más frecuentes es la deficiencia de infraestructura, que obliga al propietario a mantener en buen estado el inmueble para el correcto vivir de sus inquilinos.

De acuerdo con el artículo 1991 del Código Civil, el no cumplir con este requisito le da la autoridad al arrendatario para dar por finalizado el contrato de arrendamiento y acceder a una indemnización.

Dicha retribución económica deberá ser un acuerdo entre arrendatario y arrendador, o de ser necesario, se establecerá con ayuda de un abogado.

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Ahora bien, como toda ley, tiene una excepción, y si el arrendatario tomó en arriendo la vivienda siendo consciente de los daños, no podrá exigir la indemnización.

¿Por cuáles daños al inmueble debe responder el arrendatario?

Inicialmente, es relevante destacar que hay tres categorías de reparaciones en el ámbito del arrendamiento: las esenciales, las de mantenimiento y las decorativas.

Cada una de estas categorías está reglamentada por el Ministerio de Justicia, el cual establece la responsabilidad de sufragar los costos en caso de que la propiedad alquilada presente daños o desgastes.

En cuanto a la pregunta de quién debe cubrir los gastos por los daños en una vivienda en arrendamiento, las reparaciones esenciales comprenden aquellos trabajos necesarios para que la propiedad sea habitable, tales como los servicios públicos, el buen estado de baños, cocina, techos y áreas comunes. La Ley 820 de 2003 establece que estas reparaciones deben ser responsabilidad del arrendador.

En caso de necesitar una reparación de mantenimiento, que consiste en trabajos para preservar la vivienda en el mismo estado en que fue entregada, los arrendatarios son los encargados de asumir dichos costos.

Fuente
Sistema Integrado Digital