
¿Cuántos días tiene para pagar el arriendo luego de vencerse? Ley le da respiro a inquilinos
En Bogotá y en muchas partes del país, miles de familias viven bajo la dinámica del arriendo. De hecho, según cifras del DANE, más del 40 % de los colombianos viven en inmuebles arrendados. Esto ha hecho que los contratos de alquiler sean parte del día a día, pero no todos tienen claro cómo funcionan las reglas, especialmente cuando se trata del pago mensual del canon.
Una de las dudas más frecuentes es: ¿cuántos días tiene un inquilino para pagar luego de la fecha límite?. La respuesta no depende del arrendador ni de decisiones personales del propietario, sino que está claramente estipulada en la Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana en Colombia.
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Lo que dice la Ley 820 sobre el pago del arriendo
El artículo 10 de esta ley establece lo siguiente: “El arrendatario deberá cumplir su obligación consignando las respectivas sumas a favor del arrendador [...] dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo o período pactado en el contrato de arrendamiento”.
Es decir, si el contrato fija como fecha de pago el día 1 de cada mes, el inquilino tiene hasta el sexto día hábil (no calendario) para hacer el pago sin que se considere en mora. Eso sí, se recomienda que el arrendador entregue un recibo o constancia en donde quede claro cuánto se pagó, la fecha y a qué mes corresponde. Esto protege tanto al arrendador como al arrendatario frente a posibles reclamos.
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¿Qué pasa si el inquilino no paga a tiempo?
Si pasan los cinco días hábiles y no se ha realizado el pago, el arrendador puede comenzar a cobrar intereses por mora. En la mayoría de los casos, esta sanción es del 5 % sobre el valor del canon mensual, aunque el porcentaje puede variar según lo estipulado en el contrato.
Incluso, algunos contratos incluyen cláusulas que permiten iniciar procesos legales, como la restitución del inmueble. Sin embargo, la ley también sugiere buscar una salida más conciliada. Lo ideal es que ambas partes intenten un acuerdo, ya sea mediante diálogo directo o acudiendo a centros de conciliación, notarías o entidades como las personerías.
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Obligaciones y derechos en el contrato de arrendamiento
Es importante recordar que el contrato de arrendamiento genera compromisos para ambas partes. El arrendador debe entregar el inmueble en buen estado, firmar el contrato por duplicado y, si aplica, suministrar el reglamento de propiedad horizontal. El arrendatario, por su parte, debe pagar puntualmente, cuidar el inmueble y responder por cualquier daño que haya causado.
En todo caso, lo más recomendable es tener un contrato bien redactado, donde se indiquen con claridad las fechas de pago, las consecuencias de la mora y el procedimiento en caso de incumplimiento. Así se evitan malos entendidos y se fomenta una relación equilibrada y respetuosa entre las partes.