
Policía vs. agentes de tránsito: ¿quién puede sancionar infracciones viales?
Durante la conversación, Álex Ávilés aclaró que la Policía Nacional sí puede detener la marcha de un vehículo si observa una conducta sospechosa o si el automotor se encuentra involucrado en una posible infracción, como circular durante el horario de pico y placa. En estos casos, puede solicitar el apoyo de un agente de tránsito para que este último sea quien imponga el comparendo, ya que la normativa vigente establece que solo las autoridades de tránsito están facultadas para sancionar infracciones viales cuando son observadas directamente.
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De igual forma, explicó que la Policía puede solicitar documentos como la cédula y la licencia de conducción para verificar la identidad del conductor y la procedencia del vehículo, especialmente si existe la sospecha de que haya sido hurtado. No está autorizada a solicitar documentos de tránsito como el SOAT o la revisión técnico-mecánica, salvo que se trate de un procedimiento de apoyo con una autoridad competente.
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Policía vs. agentes de tránsito: ¿quién puede sancionar infracciones viales?
Procedimientos frente al transporte informal por aplicaciones
En relación con los vehículos particulares que prestan servicios mediante plataformas digitales no autorizadas, Ávilés precisó que los agentes de tránsito no tienen la facultad de interrogar al pasajero ni revisar su celular. Sin embargo, si un ocupante del vehículo declara voluntariamente que el servicio fue contratado por medio de una aplicación, y presenta pruebas como capturas de pantalla o datos del conductor, el agente puede iniciar un procedimiento por transporte no autorizado.
En estos casos, el comparendo se impone al conductor y, en algunos casos, también se notifica a la empresa propietaria del vehículo, si la hay. El pasajero no recibe sanción alguna, ya que no existe una norma que lo responsabilice directamente por el uso de servicios no autorizados de transporte.
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Ávilés reconoció que existen prácticas indebidas por parte de algunos funcionarios que intimidan a los pasajeros para obtener una confesión, pero recordó que esas actuaciones pueden ser denunciadas y eventualmente sancionadas por las autoridades competentes.
Polémica por las restricciones a motocicletas y vehículos con vidrios polarizados
Otro tema abordado durante la entrevista fue el uso de vidrios polarizados en taxis y vehículos particulares. Según explicó el agente, los taxis no están autorizados a tener vidrios oscuros bajo ninguna circunstancia. En el caso de los carros particulares, se permite el polarizado siempre y cuando no exceda el límite legal de opacidad, lo cual debe verificarse con un dispositivo de medición adecuado.
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Respecto a las motocicletas, surgió una propuesta ciudadana sobre la posibilidad de exigir placas delanteras estilo europeo, como medida de seguridad para facilitar la identificación de los vehículos en caso de delitos como el robo de celulares. Aunque la idea no forma parte de la normativa actual, ha generado discusión en espacios de opinión pública y entre autoridades.