Conjuntos residenciales en Bogotá
Precio del arriendo quedaría muy barato: Ley tiene felices a inquilinos
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9 Mayo 2025 10:45 AM

Precio del arriendo quedaría muy barato: Ley tiene felices a inquilinos

Cristhiam
Martínez Murcia
Para muchos ciudadanos que han sentido que su arriendo está “por las nubes”, esta ley representa una oportunidad para exigir transparencia.

En Colombia, cerca del 40% de la población vive en arriendo, según cifras del DANE. Esta realidad se ha convertido en una necesidad más que en una elección, impulsada por el alto costo de las viviendas nuevas y las elevadas tasas de interés que dificultan el acceso a créditos hipotecarios. Pero ahora, una ley vigente podría cambiar las reglas del juego a favor de los inquilinos. 

Se trata de la Ley 820 de 2003, que regula los contratos de arrendamiento de vivienda urbana. Aunque ha estado en vigor por más de dos décadas, muchos colombianos desconocen que esta normativa limita el valor mensual del arriendo al 1% del avalúo comercial del inmueble, lo que representa un verdadero freno ante el alza desmedida de los cánones de arrendamiento. 

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Lo que dice la ley (y pocos aplican) 

  • El canon de arrendamiento no puede superar el 1% del avalúo comercial del inmueble. 

  • El avalúo comercial no puede ser mayor al doble del avalúo catastral. 

  • El aumento anual del arriendo se basa en el IPC (Índice de Precios al Consumidor). Para 2025, será del 5,20% como máximo. 

  • Los contratos deben renovarse cada mínimo 12 meses. 

  • Arrendadores con más de 10 inmuebles deben estar registrados como tal en el municipio.

Esto quiere decir que si, por ejemplo, un apartamento tiene un avalúo catastral de $100 millones, el avalúo comercial máximo sería de $200 millones, por lo que el arriendo mensual no podría superar los $2 millones. Pero si el canon actual es de $3 millones, el contrato sería ilegal, advierten expertos. 

¿Cómo saber si estoy pagando de más? 

Estefani Rendón, abogada especializada en contratación inmobiliaria, explicó que los arrendatarios tienen derecho a pedir la factura predial para verificar el avalúo catastral del inmueble y así calcular si el arriendo cobrado cumple con la ley. 

“No es información confidencial. La Ley 820, en su artículo 18, faculta a cualquier arrendatario a solicitar ese dato. Si la inmobiliaria se niega, se puede interponer una acción de tutela por violación al derecho de petición”, advierte Rendón. 

Además, las Secretarías de Gobierno de cada ciudad están facultadas para sancionar a las inmobiliarias o propietarios que cobren cánones fuera de los límites legales. Incluso, en casos extremos, los contratos podrían ser declarados ineficaces, y el arrendador obligado a devolver los cobros indebidos. 

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Una oportunidad para inquilinos 

Para muchos ciudadanos que han sentido que su arriendo está “por las nubes”, esta ley representa una oportunidad para exigir transparencia, pedir rebajas o incluso denunciar abusos. El problema es que la mayoría de arrendatarios no conoce estas herramientas legales y muchas veces firman contratos sin entender sus derechos. 

El llamado de los expertos es claro: verifique el avalúo catastral del inmueble que ocupa y, si lo necesita, solicite la factura predial al arrendador. Si descubre que el canon excede lo permitido, puede recurrir a instancias legales para defender su bolsillo.