
Parquear en conjuntos no tendrá enredos: administradores se evitan peleas
En los conjuntos residenciales, los conflictos por el uso de espacios comunes son más frecuentes de lo que se cree. Sin embargo, un reciente caso dejó una valiosa lección para propietarios, residentes y administradores: el Reglamento de Propiedad Horizontal es la norma que manda.
Todo comenzó cuando un vecino empezó a utilizar el espacio frente a su apartamento como parqueadero. De inmediato, surgieron quejas por parte de otros residentes, quienes argumentaban que ese punto era una zona común y, por tanto, no podía usarse con fines privados. Incluso, la administración notificó al residente y le advirtió sobre posibles sanciones.
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El reglamento lo permite: uso exclusivo, sin necesidad de pedir permiso
Pero al revisar el Reglamento de Propiedad Horizontal del conjunto, la historia dio un giro. El documento establecía claramente que esa área, aunque común, tenía asignado uso exclusivo al propietario desde la constitución del conjunto, y no incluía ninguna restricción sobre su destinación como parqueadero.
“En propiedad horizontal, lo que diga el reglamento es la norma que se debe seguir”, explicó el abogado experto en derecho inmobiliario Felipe Cardozo. Esto significa que, aunque el espacio no sea de propiedad privada, si el reglamento otorga un uso exclusivo y no establece limitaciones específicas, el residente puede hacer uso del lugar sin requerir permisos adicionales.
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Evite sanciones injustas: lea el reglamento
Este caso puso sobre la mesa un problema común: muchos residentes desconocen lo que está escrito en el reglamento. Por eso, antes de protestar o aplicar sanciones, es fundamental leer el documento. De hecho, la Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal en Colombia, establece que el reglamento es el instrumento legal que define cómo deben utilizarse los bienes comunes y privados en los conjuntos residenciales.
La administración del conjunto, por su parte, debe actuar con base en lo estipulado en ese documento y no por la presión de vecinos inconformes. El error más usual es asumir que lo “común” es de libre uso o que todo lo exclusivo requiere aprobación especial. Nada más lejos de la verdad.
“Dijeron que no podía parquear ahí, que era una zona común y que estaba dañando el conjunto. Lo que nadie quiso fue leer el reglamento”, afirmó el residente involucrado. Hoy, gracias a ese documento, puede usar el espacio con tranquilidad y sin miedo a sanciones.
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Una conclusión clara
En propiedad horizontal, lo que está por escrito es lo que se respeta. Antes de juzgar o imponer normas de palabra, hay que consultar el reglamento. Esto evita conflictos innecesarios y garantiza una convivencia basada en la legalidad y el respeto mutuo.
@felipecardozoabogado Cuando el reglamento de propiedad horizontal otorga uso exclusivo sobre un área común, ese derecho no es simbólico: es real y debe respetarse. Y si ese mismo reglamento no limita cómo se puede usar ese espacio, nadie puede prohibir que lo destines, por ejemplo, como parqueadero. En propiedad horizontal, lo que está escrito… es lo que manda.